Irene Alfageme
Miércoles, 01 de Abril de 2020
COVID- 19 TORO

El Ayuntamiento de Toro pone en marcha una serie de medidas de alivio fiscal

Se amplían los plazos de cobro de las deudas tributarias hasta el 30 de abril

Fachada del Ayuntamiento de Toro. / Fuente: Google Maps.

 

El Ayuntamiento de Toro ha puesto en marcha una serie de medidas de alivio fiscal en situación de Estado de Alarma por coronavirus. Dichas medidas tienen diferentes puntos: en primer lugar, se amplía los plazos de cobro de las deudas tributarias hasta el 30 de abril, tales como, el cobro del padrón de la tasa de recogida domiciliaria de basura y residuos sólidos urbanos; las cuotas de fraccionamientos y aplazamientos ya aprobadas; las liquidaciones; las providencias de apremio de la Tasa de recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos, que hayan sido notificadas durante el mes de marzo.

 

Además, también se conceden “aplazamientos o fraccionamientos de pago exentos de intereses en las cuotas o plazos que los interesados soliciten, sin tener en cuenta las limitaciones por razón de la cuantía de las Bases de Ejecución del Presupuesto”, siempre que, se trate de deudas devengadas durante el ejercicio 2020 y aprobada durante el Estado de Alarma; y que se trate, además, de personas físicas o jurídicas cuya capacidad económica se haya visto mermada a consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19.

 

Entre las medidas de alivio fiscal también se señala la no procedencia del cobro de las tasas por ocupación “del dominio público y de servicios deportivos por esta situación excepcional, durante la vigencia de la misma”. También, se amplían los plazos de pago en período voluntario de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva a través de los padrones  que se pongan al cobro a partir del 27 de marzo, pasando de 60 a 90 días: es decir, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica; Tasa de Vado Permanente; Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Rústica y de Características Especiales; Impuesto sobre Actividades Económicas.

 

Además, también se garantiza el pago de “las facturas pendientes de abono a proveedores, ya que estos pagos ayudan a la liquidez de los contratistas y proveedores, y por ende a la capacidad económica de los proveedores, contratistas y autónomos”.

 

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