TSJ
El Tribunal Supremo condena a Hermann Tertsch por vulnerar el honor del abuelo de Pablo Iglesias
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena al periodista Hermann Tertsch por vulneración del derecho al honor del difunto abuelo del vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias y de sus familiares, y en particular de su hijo, que fue quien interpuso la demanda, por el contenido no veraz de un artículo publicado en un diario de tirada nacional en 2016 titulado El abuelo de Pablo.
En dicho artículo se imputaba a Manuel Iglesias Ramírez la participación en "sacas" durante la Guerra Civil, y más en concreto en la del marqués de San Fernando y su cuñado, que terminó con la muerte de ambos por una milicia del bando republicano.
Por lo tanto, la Sala de lo Civil del Supremo desestimar el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por el demandado contra la sentencia dictada el 31 de julio de 2018 por la sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Zamora en el recurso de apelación n.º 359/2017.
2 .º- Confirmar la sentencia recurrida.
3 .º- E imponer las costas al recurrente, que perderá los depósitos constituidos.
"Cabe concluir -según la sentencia del Supremo-que el periodista demandadono agotó la diligencia que cabía exigirle y, por tanto, que la información transmitida como soporte de la críticano fue veraz, siendo consecuencia de ello que las imputaciones del periodista tampoco podían ampararseen la libertad de expresión, porque la legitimidad de la crítica a determinadas ideologías por alinearse coninterpretaciones sesgadas de hechos históricos (en particular, relativos al comportamiento de los dos bandosdurante la Guerra Civil), no justificaba que para sustentar o argumentar esa crítica se hicieran, sin respetar eldeber de veracidad, imputaciones tan graves y de tanta intensidad ofensiva como las dirigidas contra el padredel demandante"
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena al periodista Hermann Tertsch por vulneración del derecho al honor del difunto abuelo del vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias y de sus familiares, y en particular de su hijo, que fue quien interpuso la demanda, por el contenido no veraz de un artículo publicado en un diario de tirada nacional en 2016 titulado El abuelo de Pablo.
En dicho artículo se imputaba a Manuel Iglesias Ramírez la participación en "sacas" durante la Guerra Civil, y más en concreto en la del marqués de San Fernando y su cuñado, que terminó con la muerte de ambos por una milicia del bando republicano.
Por lo tanto, la Sala de lo Civil del Supremo desestimar el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por el demandado contra la sentencia dictada el 31 de julio de 2018 por la sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Zamora en el recurso de apelación n.º 359/2017.
2 .º- Confirmar la sentencia recurrida.
3 .º- E imponer las costas al recurrente, que perderá los depósitos constituidos.
"Cabe concluir -según la sentencia del Supremo-que el periodista demandadono agotó la diligencia que cabía exigirle y, por tanto, que la información transmitida como soporte de la críticano fue veraz, siendo consecuencia de ello que las imputaciones del periodista tampoco podían ampararseen la libertad de expresión, porque la legitimidad de la crítica a determinadas ideologías por alinearse coninterpretaciones sesgadas de hechos históricos (en particular, relativos al comportamiento de los dos bandosdurante la Guerra Civil), no justificaba que para sustentar o argumentar esa crítica se hicieran, sin respetar eldeber de veracidad, imputaciones tan graves y de tanta intensidad ofensiva como las dirigidas contra el padredel demandante"
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