DIÓCESIS DE SALAMANCA
El obispo de Salamanca reestablece la eucaristía presencial y retira la dispensa general de asistencia
Carlos López Hernández pide que se vuelva, especialmente, a la misa dominical
Para el obispo, el riesgo de contagio "es prácticamente inexistente para el común de los fieles, si se observan las normas higiénicas establecidas", pero mantiene la dispensa para las personas más mayores, enfermos y personas con miedo a contagiarse.

Atendiendo a la recomendación de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal del 7 de julio de proponer el criterio habitual de participación de los fieles en la Misa dominical recogida en el Catecismo de la Iglesia Católica (2180-2183), el Obispo de Salamanca, Carlos López Hernández, remitió ayer, martes 14 de julio, una comunicación a la comunidad diocesana en la que establece el cese de la dispensa general de asistencia a la eucaristía. En ella anima a los fieles a celebrar la eucaristía de forma presencial, especialmente el domingo, que había sido dispensada debido a las medidas tomadas para la prevención del COVID-19 durante el estado de alarma.
Documento oficial del cese de dispensa
l. Las circunstancias y razones de la concesión de la dispensa
En la “Instrucción sobre normas para la prevención ante el COVID-19”, dada el día 13 de marzo de 2020, se dispuso: “Ante las justificadas limitaciones que llevan consigo las recomendaciones sanitarias, dispensamos a los fieles de la obligación de participar en la celebración de la eucaristía en los domingos. Y recomendamos la participación a través de la televisión y la radio”.
Esta dispensa fue reiterada expresamente en las “Orientaciones pastorales sobre las celebraciones en las iglesias reabiertas de forma limitada al culto a partir del día 11 de mayo”, dadas el día 6 de mayo de 2020. Y la participación a través de la radio y la televisión fue recomendada “de forma especial a las personas mayores y enfermas, con mayor riesgo de infección”.
La razón que motivó la dispensa fue la imposibilidad de participar en la Eucaristía por las limitaciones de número ordenadas por la autoridad sanitaria y el posible riesgo de contagio. Y la dispensa fue concedida por tiempo indeterminado. Al cesar las causas que la motivaron, la autoridad puede declarar su cese.
2. La vuelta a la normalidad
El día 21 de junio concluyó el estado de alarma. y, cesaron las normas de la autoridad sanitaria del Gobierno que regularon las fases sucesivas de la vuelta a la normalidad.
La regulación sanitaria actual en Castilla y León ordena:
– Ha de mantenerse siempre la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio. En su defecto, ha de usarse la mascarilla.
– La asistencia a lugares de culto no podrá superar el 75 % de su aforo.
– Han de observarse “medidas de higiene y prevención en la celebración de actos de culto religioso”. Estas medidas están siendo practicadas y son conocidas.
3. Cese de la dispensa general
Las actuales circunstancias y normas sanitarias no limitan de hecho, en la generalidad de los casos, el derecho de los fieles a participar en la celebración de la Eucaristía en los domingos y fiestas ordinarios. El 75 % del aforo es espacio suficiente y sobrado en la inmensa mayoría de los lugares de culto.
Cuando se trata de una dispensa concedida a todos fieles, la expresión del canon 93, sobre la cesación de las causas de forma cierta y total, debe ser interpretada en sentido de certeza moral y de lo que afecta a la generalidad de las personas. El riesgo de contagio, que fue la causa de la concesión, es prácticamente inexistente para el común de los fieles si se observan las normas higiénicas establecidas.
4. Dispensa para las personas ancianas y enfermas
Como medida pedagógica y para evitar dudas de conciencia, se mantiene temporalmente la dispensa solo para las personas enfermas o ancianas, que puedan tener un especial riesgo de contagio o, incluso, sentir un miedo grave a la asistencia a Eucaristía en las actuales circunstancias.
5. Recuperar la normalidad de la comunidad cristiana
En las circunstancias actuales es muy conveniente animar al pueblo de Dios a la celebración presencial de la Eucaristía, especialmente en el Domingo, para que sienta que sin el Domingo no puede vivir.
Será oportuno proponer a los fieles el criterio habitual de la Iglesia respecto a la obligación moral de participar en la Misa dominical, a no ser que estén excusados por una razón sería, según expresa el Catecismo de la Iglesia Católica (2180-2182). La participación en la Eucaristía es un testimonio de pertenencia y de fidelidad a Cristo y a la Iglesia; de comunión fraterna en la fe, en la caridad y en la esperanza de la salvación, guiados por el Espíritu Santo.

Atendiendo a la recomendación de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal del 7 de julio de proponer el criterio habitual de participación de los fieles en la Misa dominical recogida en el Catecismo de la Iglesia Católica (2180-2183), el Obispo de Salamanca, Carlos López Hernández, remitió ayer, martes 14 de julio, una comunicación a la comunidad diocesana en la que establece el cese de la dispensa general de asistencia a la eucaristía. En ella anima a los fieles a celebrar la eucaristía de forma presencial, especialmente el domingo, que había sido dispensada debido a las medidas tomadas para la prevención del COVID-19 durante el estado de alarma.
Documento oficial del cese de dispensa
l. Las circunstancias y razones de la concesión de la dispensa
En la “Instrucción sobre normas para la prevención ante el COVID-19”, dada el día 13 de marzo de 2020, se dispuso: “Ante las justificadas limitaciones que llevan consigo las recomendaciones sanitarias, dispensamos a los fieles de la obligación de participar en la celebración de la eucaristía en los domingos. Y recomendamos la participación a través de la televisión y la radio”.
Esta dispensa fue reiterada expresamente en las “Orientaciones pastorales sobre las celebraciones en las iglesias reabiertas de forma limitada al culto a partir del día 11 de mayo”, dadas el día 6 de mayo de 2020. Y la participación a través de la radio y la televisión fue recomendada “de forma especial a las personas mayores y enfermas, con mayor riesgo de infección”.
La razón que motivó la dispensa fue la imposibilidad de participar en la Eucaristía por las limitaciones de número ordenadas por la autoridad sanitaria y el posible riesgo de contagio. Y la dispensa fue concedida por tiempo indeterminado. Al cesar las causas que la motivaron, la autoridad puede declarar su cese.
2. La vuelta a la normalidad
El día 21 de junio concluyó el estado de alarma. y, cesaron las normas de la autoridad sanitaria del Gobierno que regularon las fases sucesivas de la vuelta a la normalidad.
La regulación sanitaria actual en Castilla y León ordena:
– Ha de mantenerse siempre la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio. En su defecto, ha de usarse la mascarilla.
– La asistencia a lugares de culto no podrá superar el 75 % de su aforo.
– Han de observarse “medidas de higiene y prevención en la celebración de actos de culto religioso”. Estas medidas están siendo practicadas y son conocidas.
3. Cese de la dispensa general
Las actuales circunstancias y normas sanitarias no limitan de hecho, en la generalidad de los casos, el derecho de los fieles a participar en la celebración de la Eucaristía en los domingos y fiestas ordinarios. El 75 % del aforo es espacio suficiente y sobrado en la inmensa mayoría de los lugares de culto.
Cuando se trata de una dispensa concedida a todos fieles, la expresión del canon 93, sobre la cesación de las causas de forma cierta y total, debe ser interpretada en sentido de certeza moral y de lo que afecta a la generalidad de las personas. El riesgo de contagio, que fue la causa de la concesión, es prácticamente inexistente para el común de los fieles si se observan las normas higiénicas establecidas.
4. Dispensa para las personas ancianas y enfermas
Como medida pedagógica y para evitar dudas de conciencia, se mantiene temporalmente la dispensa solo para las personas enfermas o ancianas, que puedan tener un especial riesgo de contagio o, incluso, sentir un miedo grave a la asistencia a Eucaristía en las actuales circunstancias.
5. Recuperar la normalidad de la comunidad cristiana
En las circunstancias actuales es muy conveniente animar al pueblo de Dios a la celebración presencial de la Eucaristía, especialmente en el Domingo, para que sienta que sin el Domingo no puede vivir.
Será oportuno proponer a los fieles el criterio habitual de la Iglesia respecto a la obligación moral de participar en la Misa dominical, a no ser que estén excusados por una razón sería, según expresa el Catecismo de la Iglesia Católica (2180-2182). La participación en la Eucaristía es un testimonio de pertenencia y de fidelidad a Cristo y a la Iglesia; de comunión fraterna en la fe, en la caridad y en la esperanza de la salvación, guiados por el Espíritu Santo.






















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