COVID-19
Nuevas medidas contra el avance de la COVID-19 en Castilla y León
Entrarán en vigor a las 00:00 h. del 22 de agosto
Reducción de los aforos al 50 %, cierre de peñas y obligación de uso de mascarillas en piscinas.
.@FranciscoIgea pide a los castellanos y leoneses que, para frenar la incidencia del #coronavirus, limiten su actividad todo lo posible y los contactos se restrinjan a los convivientes o grupos habituales, tanto en el trabajo como en el ocio pic.twitter.com/90IgUhREwQ
— Junta de Castilla y León (@jcyl) August 20, 2020
Una vez más, para tratar de frenar la expansión del coronavirus, Francisco Igea y Verónica Casado, tras la reunión del Consejo de Gobierno, han pedido a la ciudadanía que sea responsable y limite su actividad al trabajo y al ocio con convivientes, familiares, compañeros de trabajo o amigos a los que ven habitualmente, además del uso de mascarilla de forma continuada, mantenimiento de las distancias de seguridad y la higiene de manos, ante esta situación "preocupante", con contagios que crecen "a un ritmo que preocupa profundamente".
Ante el avance de los contagios, buscando mejorar la incidencia del coronavirus antes de la apertura de los centros escolares, el vicepresidente y la consejera de Sanidad anunciaron nuevas medidas preventivas: reducción de los aforos al 50 %, cierre de peñas y obligación de uso de mascarillas en piscinas.
En el sector del ocio nocturno, se extiende la medida de cierre que incluía discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo a todos los establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas de Castilla y León, si bien, se permitirá que se mantengan las terrazas en estos establecimientos, en las mismas condiciones que el resto de establecimientos de hostelería y restauración.

De forma general, se reducen los aforos máximos permitidos a los diferentes sectores de actividad, que pasan del 75 % al 50 %, incluyendo los entierros, ceremonias o celebraciones nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles, que también se verán afectadas por el límite de ocupación de 150 personas en espacios al aire libre o de 100 personas en espacios cerrados.
Respecto a la actividad de hostelería, restauración y sociedades gastronómicas, el aforo para consumo en el interior de estos establecimientos no podrá superar el 50 % en barra y, si es en mesa, no podrá superar el 75 % del aforo en el caso de salas de hasta 40 comensales y del 50 en el caso de más de 40 comensales.
Además, prohíbe cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles o similares, al ser una actividad de elevado riesgo de transmisión comunitaria. No obstante, se mantiene el aforo máximo del 80 % en las terrazas al aire libre que tengan autorizadas estos establecimientos.
En relación con el ocio nocturno, se extiende la medida de cierre que incluía discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo a todos los establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León si bien, se permite a estos establecimientos la apertura de terrazas al aire libre, en las mismas condiciones que el resto.
Respecto de las actividades desarrolladas en los mercados y actividades análogas, se mejora la redacción del sector al que se le aplican dichas medidas, incluyendo las denominadas ferias comerciales al aire libre.
Por otra parte, como criterio general, la Junta no permite la celebración de ningún evento no regulado a lo largo del plan, que pueda constituir un evento multitudinario por concentrar una aglomeración de personas que comprometa cumplir la distancia de seguridad, tanto para espacios cerrados como al aire libre, salvo autorización expresa, para la que se deberá realizar una evaluación previa de riesgo por los órganos competentes de la Consejería de Sanidad.
En el ámbito del sector del transporte, se pide evitar contactos entre el personal de conducción y el personal de las empresas cargadoras, logísticas y de transporte de mercancías, así como la prohibición de consumir alimentos en el transporte público de viajeros en trayectos de duración inferior a dos horas, todo ello con el fin de minimizar los riesgos de transmisión del COVID-19 en dicho sector.
Medidas preventivas para personas mayores
Entre las medidas anunciadas, se procurará dar servicio preferente a las personas mayores de 65 años en determinados establecimientos y actividades de servicios profesionales.
Respecto de las instalaciones taurinas, se prohibe el consumo de alimentos mientras duren los festejos y se asegurará la salida del público de dichas instalaciones de una forma escalonada, garantizando la distancia entre las personas.
Las medidas se aplicaran desde las 00:00 horas del 22 de agosto y se mantendrán mientras dure la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
.@FranciscoIgea pide a los castellanos y leoneses que, para frenar la incidencia del #coronavirus, limiten su actividad todo lo posible y los contactos se restrinjan a los convivientes o grupos habituales, tanto en el trabajo como en el ocio pic.twitter.com/90IgUhREwQ
— Junta de Castilla y León (@jcyl) August 20, 2020
Una vez más, para tratar de frenar la expansión del coronavirus, Francisco Igea y Verónica Casado, tras la reunión del Consejo de Gobierno, han pedido a la ciudadanía que sea responsable y limite su actividad al trabajo y al ocio con convivientes, familiares, compañeros de trabajo o amigos a los que ven habitualmente, además del uso de mascarilla de forma continuada, mantenimiento de las distancias de seguridad y la higiene de manos, ante esta situación "preocupante", con contagios que crecen "a un ritmo que preocupa profundamente".
Ante el avance de los contagios, buscando mejorar la incidencia del coronavirus antes de la apertura de los centros escolares, el vicepresidente y la consejera de Sanidad anunciaron nuevas medidas preventivas: reducción de los aforos al 50 %, cierre de peñas y obligación de uso de mascarillas en piscinas.
En el sector del ocio nocturno, se extiende la medida de cierre que incluía discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo a todos los establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas de Castilla y León, si bien, se permitirá que se mantengan las terrazas en estos establecimientos, en las mismas condiciones que el resto de establecimientos de hostelería y restauración.

De forma general, se reducen los aforos máximos permitidos a los diferentes sectores de actividad, que pasan del 75 % al 50 %, incluyendo los entierros, ceremonias o celebraciones nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles, que también se verán afectadas por el límite de ocupación de 150 personas en espacios al aire libre o de 100 personas en espacios cerrados.
Respecto a la actividad de hostelería, restauración y sociedades gastronómicas, el aforo para consumo en el interior de estos establecimientos no podrá superar el 50 % en barra y, si es en mesa, no podrá superar el 75 % del aforo en el caso de salas de hasta 40 comensales y del 50 en el caso de más de 40 comensales.
Además, prohíbe cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles o similares, al ser una actividad de elevado riesgo de transmisión comunitaria. No obstante, se mantiene el aforo máximo del 80 % en las terrazas al aire libre que tengan autorizadas estos establecimientos.
En relación con el ocio nocturno, se extiende la medida de cierre que incluía discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo a todos los establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León si bien, se permite a estos establecimientos la apertura de terrazas al aire libre, en las mismas condiciones que el resto.
Respecto de las actividades desarrolladas en los mercados y actividades análogas, se mejora la redacción del sector al que se le aplican dichas medidas, incluyendo las denominadas ferias comerciales al aire libre.
Por otra parte, como criterio general, la Junta no permite la celebración de ningún evento no regulado a lo largo del plan, que pueda constituir un evento multitudinario por concentrar una aglomeración de personas que comprometa cumplir la distancia de seguridad, tanto para espacios cerrados como al aire libre, salvo autorización expresa, para la que se deberá realizar una evaluación previa de riesgo por los órganos competentes de la Consejería de Sanidad.
En el ámbito del sector del transporte, se pide evitar contactos entre el personal de conducción y el personal de las empresas cargadoras, logísticas y de transporte de mercancías, así como la prohibición de consumir alimentos en el transporte público de viajeros en trayectos de duración inferior a dos horas, todo ello con el fin de minimizar los riesgos de transmisión del COVID-19 en dicho sector.
Medidas preventivas para personas mayores
Entre las medidas anunciadas, se procurará dar servicio preferente a las personas mayores de 65 años en determinados establecimientos y actividades de servicios profesionales.
Respecto de las instalaciones taurinas, se prohibe el consumo de alimentos mientras duren los festejos y se asegurará la salida del público de dichas instalaciones de una forma escalonada, garantizando la distancia entre las personas.
Las medidas se aplicaran desde las 00:00 horas del 22 de agosto y se mantendrán mientras dure la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

















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