PLENO TORO
El Ayuntamiento de Toro aprueba un "Fondo COVID-19" de un total de 150.000 euros
La subvención supondrá una ayuda a PYMES, autónomos y ciudadanos

En el Pleno del Ayuntamiento de Toro, se aprobaron las bases reguladoras del "Fondo COVID-19", que suponen ayudas y subvenciones destinadas a PYMES, autónomos y ciudadanos de Toro, con el objeto de favorecer la reactivación económica en la ciudad. Ángeles Medina, concejala de Economía y Hacienda, explicó en qué consiste en levantamiento del reparo, ya que es necesario antes de aprobar las bases reguladoras del Fondo.
Medina explicó que el Ayuntamiento carece de competencias directas para ejercer este tipo de acuerdos y conceder subvenciones directas con cargo al fondo presupuestario. "Al no ser una competencia directa, ni delegada, y ya expliqué porque no la queremos así ya que de esa manera nos obligaría a tener una permanencia, y no la queremos; proponemos el levantamiento del reparo porque así fue el compromiso, no solo adquirido de forma verbal por el equipo de Gobierno de Toro y la oposición, sino además de forma explícita dotando al presupuesto de una partida específica de 150 mil euros", declaró la concejala.
Bases reguladoras del "Fondo COVID-19"
En cuanto a la cuantía de subvenciones del "Fondo-COVID", hay varios tipos: para los autónomos del sector comercio, hostelería, servicios, cultura y venta ambulante cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de sus establecimientos se establece la cuantía total de la subvención en 90.000 euros, concediéndose una cantidad fija 250 euros para aquellas empresas cuyo volumen de empleados a la fecha de declaración del Estado de Alarma no sea superior a tres trabajadores; además, se concederá una cantidad fija de 400 euros para aquellas empresas cuyo volumen de empleados a la fecha de declaración del Estado de Alarma sea igual o superior a cuatro trabajadores. "Podrán acceder a este tipo de subvención todos los autónomos que estén afiliados y en alta en el momento de la declaración del Estado de Alarma (y cuya actividad se encuadre en alguna de las siguientes agrupaciones del IAE".
También se le concede a los empresarios de hostelería afectados por la baja productividad en la utilización de las "terrazas" por la declaración del Estado de Alarma. La cantidad prevista asciende a 17.000 euros. Y, por último, a los ciudadanos empadronados en Toro- según el padrón municipal a fecha de la declaración del Estado de Alarma- se establece la cuantía total de esta modalidad de subvención en 43.000 euros; y para su desarrollo se confeccionarán ,por parte del Ayuntamiento de Toro , unos "bonos de comercio" por valor de 5 euros a los que se tendrá derecho por ser ciudadano empadronado en Toro. "Dicho bono se podrá utilizar como medio de pago en compras superiores a 20 euros en los establecimientos ubicados en Toro y que voluntariamente accedan a participar en esta modalidad". Además, se informa de que estas ayudas son compatibles con la percepción de otras subvenciones procedentes de cualquier administración pública o privada.
Plazo y forma de presentación
Las solicitudes de los dos primeros casos se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica General del Ayuntamiento de Toro, y el plazo de presentación será de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la Convocatoria en el BOP Zamora. Respecto al tercer caso, el Ayuntamiento de Toro publicitará, por los medios habituales, el modo de obtención del "bono comercio", así como el plazo para su recogida en las oficinas municipales de atención al ciudadano.

En el Pleno del Ayuntamiento de Toro, se aprobaron las bases reguladoras del "Fondo COVID-19", que suponen ayudas y subvenciones destinadas a PYMES, autónomos y ciudadanos de Toro, con el objeto de favorecer la reactivación económica en la ciudad. Ángeles Medina, concejala de Economía y Hacienda, explicó en qué consiste en levantamiento del reparo, ya que es necesario antes de aprobar las bases reguladoras del Fondo.
Medina explicó que el Ayuntamiento carece de competencias directas para ejercer este tipo de acuerdos y conceder subvenciones directas con cargo al fondo presupuestario. "Al no ser una competencia directa, ni delegada, y ya expliqué porque no la queremos así ya que de esa manera nos obligaría a tener una permanencia, y no la queremos; proponemos el levantamiento del reparo porque así fue el compromiso, no solo adquirido de forma verbal por el equipo de Gobierno de Toro y la oposición, sino además de forma explícita dotando al presupuesto de una partida específica de 150 mil euros", declaró la concejala.
Bases reguladoras del "Fondo COVID-19"
En cuanto a la cuantía de subvenciones del "Fondo-COVID", hay varios tipos: para los autónomos del sector comercio, hostelería, servicios, cultura y venta ambulante cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de sus establecimientos se establece la cuantía total de la subvención en 90.000 euros, concediéndose una cantidad fija 250 euros para aquellas empresas cuyo volumen de empleados a la fecha de declaración del Estado de Alarma no sea superior a tres trabajadores; además, se concederá una cantidad fija de 400 euros para aquellas empresas cuyo volumen de empleados a la fecha de declaración del Estado de Alarma sea igual o superior a cuatro trabajadores. "Podrán acceder a este tipo de subvención todos los autónomos que estén afiliados y en alta en el momento de la declaración del Estado de Alarma (y cuya actividad se encuadre en alguna de las siguientes agrupaciones del IAE".
También se le concede a los empresarios de hostelería afectados por la baja productividad en la utilización de las "terrazas" por la declaración del Estado de Alarma. La cantidad prevista asciende a 17.000 euros. Y, por último, a los ciudadanos empadronados en Toro- según el padrón municipal a fecha de la declaración del Estado de Alarma- se establece la cuantía total de esta modalidad de subvención en 43.000 euros; y para su desarrollo se confeccionarán ,por parte del Ayuntamiento de Toro , unos "bonos de comercio" por valor de 5 euros a los que se tendrá derecho por ser ciudadano empadronado en Toro. "Dicho bono se podrá utilizar como medio de pago en compras superiores a 20 euros en los establecimientos ubicados en Toro y que voluntariamente accedan a participar en esta modalidad". Además, se informa de que estas ayudas son compatibles con la percepción de otras subvenciones procedentes de cualquier administración pública o privada.
Plazo y forma de presentación
Las solicitudes de los dos primeros casos se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica General del Ayuntamiento de Toro, y el plazo de presentación será de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la Convocatoria en el BOP Zamora. Respecto al tercer caso, el Ayuntamiento de Toro publicitará, por los medios habituales, el modo de obtención del "bono comercio", así como el plazo para su recogida en las oficinas municipales de atención al ciudadano.





















