Miércoles, 18 de Marzo de 2026

Redacción
Martes, 10 de Noviembre de 2020
NACIONAL

Baja a 30 km/h la velocidad en las vías urbanas de un solo carril por sentido

El Gobierno aprueba un paquete de reformas que modifican la legislación en materia de tráfico y circulación

El objetivo es generar un modelo de seguridad vial alineado a la UE y la OMS para reducir, en 10 años, un 50 % los fallecidos y heridos graves en accidentes.

Foto: Pool Moncloa/JM Cuadrado

 

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, martes, el nuevo Reglamento de Circulación, que se había quedado en suspenso por la llegada de la pandemia y que tiene como principal objetivo reducir la siniestralidad en las carreteras, principalmente las urbanas.

 

El ministro Grande-Marlaska presentó esta reforma legislativa, para la que se ha aprobado una reforma del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en todo lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos. Incluye, entre otras, las siguientes medidas:

 

-Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando el móvil.

 

-Eleva de 3 a 4 los puntos que se detraen por no utilizar el cinturón de seguridad u otros elementos de protección. También perderán tres puntos quienes lleven en el coche sistemas de detección de radares.

 

-Introduce la posibilidad de recuperar 2 puntos por realizar cursos de conducción segura.

 

 

Para reducir la siniestralidad en el ámbito urbano y regular las nuevas formas de movilidad ciudadana, se modifican el Reglamento General de Circulación y el General de Vehículos y se redefinen los límites generales de velocidad en vías urbanas en función de su clasificación:

 

La rebaja de la velocidad urbana afecta a las vías de un carril por sentido. En el caso de aquellas vías que tengan más de un carril por sentido, se mantendrá en 50 km/h. Ese tipo de arterias o anillos perimetrales constituye el 20 % del trazado urbano y soporta el 80 % del tráfico y se reducirá a 20 km/h en vías que dispongan de una sola calzada, es decir, que no tenga diferencia entre la acera y el pavimento.

 

 

El RD regula la utilización de los vehículos de movilidad personal, aquellos de una o más ruedas, con una única plaza, motor eléctrico y que alcanzan una velocidad de entre 6 y 25 km/h, como los patinetes eléctricos, que deben cumplir las normas de circulación y tendrán prohibido circular por aceras, travesías o autovías, entre otros.

 

También se ha incluido una reforma en el Reglamento General de Conductores para incorporar dos directivas europeas: introduce modificaciones a la cualificación inicial y formación de conductores de vehículos para transporte de mercancías y viajeros y sobre permiso de conducción

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