Francisco Iglesias Carreño
Domingo, 20 de Junio de 2021
PREPAL

Caminando el "Camino Regional Leonés".

[Img #54316]Si como todo parece, y dentro de pesimismo más optimista y/o del optimismo más pesimista, caminamos toda la plural Sociedad Regional Leonesa hacia `la aplicativa plenitud constitucional´ de nuestra triprovincial Región Reino Leonés -.- con todas y cada una de sus cuarenta y una Comarcas Naturales Regionales Leonesas-.-, que entendemos eso es lo que como `fin óptimo´, ¡y a todas luces enteramente legítimo!, desean las autoridades del Estado Español de la España Nación para todos nosotros: los ciudadanos regionales leoneses, tenemos que ir pautando -.- entre todos, con todos y para todos -.-,  tal posible, ¡constitucional y lógica!, ventura de dicha futura.

 

Para ello instamos, desde la comprensión inicial y una vez asumida, desde lo entendible, la correspondiente expresión, ubicada en la raíz de la leoneseidad compartida, de la propuesta que hacemos, hacia la estimación, en el hacer la pertinente valoración, de los siguientes considerandos:

 

{1°}©¤?

La situación regional leonesa debiera ser concerniente a todos y cada uno de los ciudadanos regionales leoneses, en el "todo SaZaLe'41" y en la diáspora de la emigración regional leonesa.

 

Todo ello dentro de la más absoluta normalidad convivencial, legal y jurídica, por ende plenamente constitucional, dentro del Estado Español de la España Nación y en la Unión Europea

 

{2°}©¤?

La situación regional leonesa debiera ser concerniente a lo que se atribuye para todas las quince regiones españolas reconocidas constitucionalmente.

 

Pasando de la vigencialidad regional teórica preconstitucional, de la data del día 5-12-1978 (el día antes del Referéndum Constituyente), a la efectividad plasmada regional -.- activa, general y práctica -.- de la data del día 6-12-1978, escriturada en el texto de la Constitución Española y signada el 29-12-1978.

 

{3°}©¤?

La situación regional leonesa debiera tener que ver con las tres circunscripciones electorales  leonesas, que se corresponden con las tres provincias leonesas: Salamanca, Zamora y León.

 

Las tres provincias leonesas, tienen tal `condición referencial explícita directa´ como y en tanto y cuanto  "provincias regionales leonesas", en las datas del 5-12-1978, 6-12-1978 y 7-12-1978 y prosiguen con ella en las datas del 28-12-1978, 29-12-1978 y 30-12-1978.

 

{4°}©¤?

La situación regional leonesa debiera tener algo que ver con la identidad regional leonesa.

 

Las identidades regionales españolas están uncidas:

 

(1° ) A la Constitución Española (de 1978).

(2°) Enlazadas con las mismas identidades regionales de la anterior Constitución Española (de 1931).

(3°) Mantenidas durante todo el espacio temporal comprendido entre  las datas del 9-12-1931 y 6-12-1978.

 

No se trata de ningún tipo de prerrogativas gubernamentales y sí, ¡y por el contrario!, de un "derecho constitucional vigente" que está, y ello es muy importante, ligado a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 

{5°}©¤?

La situación regional leonesa debiera tener en consideración el hecho regional diferencial de la Región Reino Leonés.

 

Los hechos diferenciales regionales españoles se han ido conformando a lo largo del proceso integral (humano, social, cultural, antropológico, económico, ambiental, histórico y político) de toda la España Nación, acrisolandose en todas y cada una de las quince expresiones regionales constitucionales españolas.

 

{6°}©¤?

La situación regional leonesa debiera significar el autogobierno del constitucional Pueblo Regional Leonés.

 

Desde el "Principio de Libre Voluntariedad", que es activo y ejerciente en la Constitución Española, por todas y cada una de las quince constitucionales regiones españolas, cada región española, y sin mandato imperativo externo (sea o no de carácter jerarquizante), opta libremente hacia su autogobierno dentro del Estado Español, siendo tales requisitos  de instrucción operativa también en la triprovincial Región Reino Leonés.

 

{7°}©¤?

La situación regional leonesa debiera conservar, proteger y proyectar la antropología de las cuarenta y una comarcas naturales de las tres provincias leonesas.

 

Los espacios antropológicos de cada región española -.- incluyase por tanto el espacio antropológico de la Región Reino Leonés, que es la nuestra -.-, conforman constituyentemente y desde la significación de las quince regiones constitucionalmente reconocidas, la completitud sumativa del ser y estar de la España Nación

 

Todo ello se sitúa en la base umbral del propio protagonismo aquí, en nuestra propia región constitucional, de nosotros mismos.

 

Los ciudadanos regionales extremeños lo han podido hacer,  ... ¿y nosotros?.

 

Los ciudadanos regionales gallegos lo han podido hacer,  ... ¿y nosotros?.

 

Los ciudadanos regionales asturianos lo han podido hacer,  ... ¿y nosotros?.

 

Ellos con nosotros, bebemos de los mismos orígenes históricos en la Corona Leonesa.

 

Ellos con nosotros, bebemos de las mismas raíces antropológicas en la Corona Leonesa.

 

Ellos con nosotros, bebemos de los mismas significaciones del Regnum Imperium Hispánico Legionensis.

 

A ellos les vendría bien, ¡pero que muy bien!, que nosotros: los ciudadanos regionales leoneses,  fuéramos eso, o sea: nosotros.

 

Francisco Iglesias Carreño

Presidente PREPAL

 

VALORIO 19-6-2021

 

@PREPALSaZaLe

 

prepalszl@gmail.com

 

LEÓNICO'2021

 

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