JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Aprobado el calendario de fiestas laborales para el año 2022 en Castilla y León
El 1º de Mayo se pasa al día dos, al caer el festivo en domingo
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito territorial de la Comunidad autónoma para el año 2022.

La Junta de Castilla y León ha establecido el calendario de días festivos para el próximo año. Los días festivos se han fijado con el apoyo unánime de los agentes económicos y sociales, atendiendo al sistema productivo y a las demandas sociales, y respetando las fiestas tradicionales de la Comunidad autónoma. En base a estos criterios, el calendario de fiestas laborales para el año 2022 establece como festivos los siguientes días:
1 de enero, Año Nuevo.
6 de enero, Epifanía del Señor.
14 de abril, Jueves Santo.
15 de abril, Viernes Santo.
23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo. Se traslada al lunes 2 de mayo.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor. Se traslada al lunes 26 de diciembre.
Estas doce fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local que habrán de determinarse por la autoridad competente para cada municipio, conforme a lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de jornadas de trabajo, jornadas especiales y descansos.
La Junta de Castilla y León ha establecido el calendario de días festivos para el próximo año. Los días festivos se han fijado con el apoyo unánime de los agentes económicos y sociales, atendiendo al sistema productivo y a las demandas sociales, y respetando las fiestas tradicionales de la Comunidad autónoma. En base a estos criterios, el calendario de fiestas laborales para el año 2022 establece como festivos los siguientes días:
1 de enero, Año Nuevo.
6 de enero, Epifanía del Señor.
14 de abril, Jueves Santo.
15 de abril, Viernes Santo.
23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo. Se traslada al lunes 2 de mayo.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor. Se traslada al lunes 26 de diciembre.
Estas doce fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local que habrán de determinarse por la autoridad competente para cada municipio, conforme a lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de jornadas de trabajo, jornadas especiales y descansos.
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