PREPAL
"XLIV CE'1978" Pro Comunidad Autónoma Región Reino Leonés
Viniendo desde una amalgamación impostada contra la regionalidad leonesa, estamos llegando a situaciones, dentro de la sociedad regional leonesa, que son dramáticas en el espacio territorial del "todo SaZaLe'41".
Anclados en provincialismos trasnochados [-.- observables a diario en la red clientelar de la centralidad gobernante y por encima de lo constitucionalmente provisto -.-], que son propios del siglo XIX y primera mitad del siglo XX, la extensión de los 38.481 km(2) de nuestra bi-constituciomal Región Reino Leonés, languidece momento a momento y se depaupera a ojos vista.
La situación postergadora, actuante sobre todos y cada uno de los ciudadanos regionales leoneses, es más que evidente, por la acción destructiva de su implacable tridente: (1°) de lesividad ostensible, (2°) con lacerante incidencia y (3°) palpablemente regresiva.
Tal real y presente situación por el "todo SaZaLe'41", que la estamos viviendo "in situ", tiene que ser igualmente del directo conocimiento de la Jefatura del Estado Español, la Corona de España, las Cortes Españolas (Congreso de los Diputados y Senado), Gobierno del Reino de España, Consejo de Estado y Reales Academias Españolas.
Consideramos que se debe hacer: (1°) Real, (2°) Práctico y (3°) Tangible, el texto de nuestra "CE'1978", sobre la obvia completa realidad regional española del tri provincial Reino Leonés. La vía constitucional [-.- "made in 1978" que no, y nunca!, del "imperativo 1981" -.-], debe ser el camino, ¡el único camino!, para alcanzar la plenitud de toda la regionalidad leonesa.
La postulación que hacemos de un "Comité Negociador" [-.- en pro de la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés -.-], que sea representativo de toda la pluralidad regional leonesa, para con el Gobierno del Reino de España [-.- que es "nuestro gobierno del Estado Español, sean cuales sean las siglas políticas que lo sustentan -.-], esta en tal y tan concreto camino de plenitud de la completa regionalidad leonesa.
Los ciudadanos regionales leoneses, siguen transmitiendo al resto de los ciudadanos españoles, a través de sus diversas y plurales entidades asociativas así como de los emigrantes regionales leoneses, que la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés se formalice siempre desde la constitucional tri provincial Región Reino Leonés, siguiendo en todo momento los preceptos de la Constitución Española.
Las Cortes Españolas, con su decisión democrática [-.- en nombre de la soberanía de la Nación Española -.-], tendrán que aprobar, en su momento, el Estatuto de la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés para todo el ámbito regional leonés con sus 38.491 km(2) y hacerlo por la propia constitucionalidad de nuestra siempre región historica y en asunción de su más que elocuente, explicita y establecida bi-constitucionalización [-.- por 9-12-1931 "CE'1931" y 6-12-1978 por "CE'1978" -.- ], situándose al margen de cualquier atisbo, de la índole que sea, que intente negativizar o se inmiscuya en tal pronunciamiento democrático.
Seguir distrayendo a los ciudadanos regionales leoneses, en el "todo SaZaLe'41", con "temáticas circunstanciales" alejadas de tal camino, solo está conduciendo a su más que evidente galopante despoblación, asi como al lastimoso acarreo foráneo de su ancestral estirpe antropológica.
El "XLIV CE'1978" es completa y totalmente "Pro Comunidad Autónoma Región Leonesa"
Estamos ya, en la presenciabilidad de todos los ciudadanos regionales leoneses, con la Constitución Española [ que es la Expresión Directa de la Decisión Libre y Democrática de la Voluntad Soberana de la Nación Española -.-], en la mano en "todo el País Leonés" [-.- tanto en nuestra propia perimetración de nuestra tri provincial Región Reino Leonés {con sus 38.491km(2)} y la completa diáspora emigrante regional leonesa (enraizada con nuestras 41 comarcas naturales) -.-] , para que en directa aplicación de nuestros derechos constitucionales tengamos, en nuestra voluntariedad, el Estatuto de la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés que por propio derecho constitucional nos corresponde.
¡¡¡ adelante leoneses !!!
Francisco Iglesias Carreño
Presidente PREPAL
VALORIO 3-12-2022
@PREPALSaZaLe
prepalszl@gmail.com
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LEONESISMO'2022
Viniendo desde una amalgamación impostada contra la regionalidad leonesa, estamos llegando a situaciones, dentro de la sociedad regional leonesa, que son dramáticas en el espacio territorial del "todo SaZaLe'41".
Anclados en provincialismos trasnochados [-.- observables a diario en la red clientelar de la centralidad gobernante y por encima de lo constitucionalmente provisto -.-], que son propios del siglo XIX y primera mitad del siglo XX, la extensión de los 38.481 km(2) de nuestra bi-constituciomal Región Reino Leonés, languidece momento a momento y se depaupera a ojos vista.
La situación postergadora, actuante sobre todos y cada uno de los ciudadanos regionales leoneses, es más que evidente, por la acción destructiva de su implacable tridente: (1°) de lesividad ostensible, (2°) con lacerante incidencia y (3°) palpablemente regresiva.
Tal real y presente situación por el "todo SaZaLe'41", que la estamos viviendo "in situ", tiene que ser igualmente del directo conocimiento de la Jefatura del Estado Español, la Corona de España, las Cortes Españolas (Congreso de los Diputados y Senado), Gobierno del Reino de España, Consejo de Estado y Reales Academias Españolas.
Consideramos que se debe hacer: (1°) Real, (2°) Práctico y (3°) Tangible, el texto de nuestra "CE'1978", sobre la obvia completa realidad regional española del tri provincial Reino Leonés. La vía constitucional [-.- "made in 1978" que no, y nunca!, del "imperativo 1981" -.-], debe ser el camino, ¡el único camino!, para alcanzar la plenitud de toda la regionalidad leonesa.
La postulación que hacemos de un "Comité Negociador" [-.- en pro de la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés -.-], que sea representativo de toda la pluralidad regional leonesa, para con el Gobierno del Reino de España [-.- que es "nuestro gobierno del Estado Español, sean cuales sean las siglas políticas que lo sustentan -.-], esta en tal y tan concreto camino de plenitud de la completa regionalidad leonesa.
Los ciudadanos regionales leoneses, siguen transmitiendo al resto de los ciudadanos españoles, a través de sus diversas y plurales entidades asociativas así como de los emigrantes regionales leoneses, que la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés se formalice siempre desde la constitucional tri provincial Región Reino Leonés, siguiendo en todo momento los preceptos de la Constitución Española.
Las Cortes Españolas, con su decisión democrática [-.- en nombre de la soberanía de la Nación Española -.-], tendrán que aprobar, en su momento, el Estatuto de la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés para todo el ámbito regional leonés con sus 38.491 km(2) y hacerlo por la propia constitucionalidad de nuestra siempre región historica y en asunción de su más que elocuente, explicita y establecida bi-constitucionalización [-.- por 9-12-1931 "CE'1931" y 6-12-1978 por "CE'1978" -.- ], situándose al margen de cualquier atisbo, de la índole que sea, que intente negativizar o se inmiscuya en tal pronunciamiento democrático.
Seguir distrayendo a los ciudadanos regionales leoneses, en el "todo SaZaLe'41", con "temáticas circunstanciales" alejadas de tal camino, solo está conduciendo a su más que evidente galopante despoblación, asi como al lastimoso acarreo foráneo de su ancestral estirpe antropológica.
El "XLIV CE'1978" es completa y totalmente "Pro Comunidad Autónoma Región Leonesa"
Estamos ya, en la presenciabilidad de todos los ciudadanos regionales leoneses, con la Constitución Española [ que es la Expresión Directa de la Decisión Libre y Democrática de la Voluntad Soberana de la Nación Española -.-], en la mano en "todo el País Leonés" [-.- tanto en nuestra propia perimetración de nuestra tri provincial Región Reino Leonés {con sus 38.491km(2)} y la completa diáspora emigrante regional leonesa (enraizada con nuestras 41 comarcas naturales) -.-] , para que en directa aplicación de nuestros derechos constitucionales tengamos, en nuestra voluntariedad, el Estatuto de la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés que por propio derecho constitucional nos corresponde.
¡¡¡ adelante leoneses !!!
Francisco Iglesias Carreño
Presidente PREPAL
VALORIO 3-12-2022
@PREPALSaZaLe
prepalszl@gmail.com
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LEONESISMO'2022




















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