NUESTRA HISTORIA
El principio de libertad
En la obra “la Vida es Sueño”, de Pedro Calderón de la Barca, el personaje Segismundo cautivo y encadenado se lamenta de encontrarse preso sin haber cometido delito alguno.
Piensa que el solo hecho de haber nacido de una estirpe real y con derechos que no se le reconocen, son la causa de su cautiverio. Se compara con otros seres de la Naturaleza que viven libres desde que nacen, y concluye: “¿Y teniendo yo mas alma, tengo menos libertad?
La Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, se inicia diciendo: “Considerando que la libertad , la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.” Continúa proclamando en el artículo 1 “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. “
Aceptando el principio de libertad así proclamado, es ineludible acatar la totalidad del texto en lo que se refiere a igualdad, razón, conciencia y fraternidad.
En una concordancia absoluta con los citados principios de la Declaración universal, la Constitución Española establece: “Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer, discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”
Este artículo sería suficiente para que ningún español se sienta diferente porque su opinión sea distinta o viva en una parte del territorio u otra. Si en nuestra Constitución se propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político; deben aceptarse todos los valores y no solo una parte de ellos que dejaría incompleto el principio de democracia.
Volviendo a Segismundo: Atribuye al ave, al bruto, al pez, al arroyo la libertad de nacer y vivir con las particularidades de cada cual, pero todos tienen un código genético que regula su instinto, su albedrío, su comportamiento y sus posibilidades de defensa.
Las libertades de los humanos no deberían tener más límites que aquellos que atenten contra la libertad de los demás “Y teniendo yo más alma, tengo menos libertad?,” o también: “Y yo con mejor instinto, tengo menos libertad?”, “Y yo con más albedrío, tengo menos libertad?” “Y teniendo yo más vida, tengo menos libertad?”.
Concluyamos, la ley, la justicia y la razón son principios por los que debe regirse el comportamiento humano, sin excluir ninguno de ellos, puesto que no debe haber ley sin justicia, ni razón sin ley.
Balbino Lozano
En la obra “la Vida es Sueño”, de Pedro Calderón de la Barca, el personaje Segismundo cautivo y encadenado se lamenta de encontrarse preso sin haber cometido delito alguno.
Piensa que el solo hecho de haber nacido de una estirpe real y con derechos que no se le reconocen, son la causa de su cautiverio. Se compara con otros seres de la Naturaleza que viven libres desde que nacen, y concluye: “¿Y teniendo yo mas alma, tengo menos libertad?
La Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, se inicia diciendo: “Considerando que la libertad , la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.” Continúa proclamando en el artículo 1 “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. “
Aceptando el principio de libertad así proclamado, es ineludible acatar la totalidad del texto en lo que se refiere a igualdad, razón, conciencia y fraternidad.
En una concordancia absoluta con los citados principios de la Declaración universal, la Constitución Española establece: “Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer, discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”
Este artículo sería suficiente para que ningún español se sienta diferente porque su opinión sea distinta o viva en una parte del territorio u otra. Si en nuestra Constitución se propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político; deben aceptarse todos los valores y no solo una parte de ellos que dejaría incompleto el principio de democracia.
Volviendo a Segismundo: Atribuye al ave, al bruto, al pez, al arroyo la libertad de nacer y vivir con las particularidades de cada cual, pero todos tienen un código genético que regula su instinto, su albedrío, su comportamiento y sus posibilidades de defensa.
Las libertades de los humanos no deberían tener más límites que aquellos que atenten contra la libertad de los demás “Y teniendo yo más alma, tengo menos libertad?,” o también: “Y yo con mejor instinto, tengo menos libertad?”, “Y yo con más albedrío, tengo menos libertad?” “Y teniendo yo más vida, tengo menos libertad?”.
Concluyamos, la ley, la justicia y la razón son principios por los que debe regirse el comportamiento humano, sin excluir ninguno de ellos, puesto que no debe haber ley sin justicia, ni razón sin ley.
Balbino Lozano





















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