Francisco Iglesias Carreño
Miércoles, 22 de Enero de 2025
PATRONO

Al Patrono de la Ciudad de Zamora San Ildefonso

Como en años anteriores se ha efectuado la Ofrenda Floral al Patrono de la ciudad leonesa de Zamora por parte de CC. ZZ., ZZxZ y el PREPAL.

Tal Ofrenda Floral a San Ildefonso  nuestro patrono, hecha en pleno “LEONANTE´2025”, ha seguido las pautas  procesuales de otras ocasiones anteriores  y ha tenido lugar, por tanto, desde el más completo, total y absoluto respeto a los actos religiosos programados por la Parroquia de San Ildefonso (lugar donde se encuentra protegidos los restos de los Patronos de Zamora San Atilano (patrono de la diócesis ) y San Ildefonso (patrono de la ciudad)).

Al igual que en años anteriores desde CC. ZZ., ZZxZ y el PREPAL,  instamos a otros zamoranos y zamoranas, a todos ellos desde la fraternal convivencia, para que festejen este nuestro patronazgo, enraizado en la zamoraneidad, desde la Corona Leonesa, en los orígenes neovisigóticos de la Nación Española, por ello les animamos a realizar, por si mismos, otras posibles ofrendas, y siempre dentro de la consideración  de unir a todos, en la milenaria ciudad de Zamora, en torno a nuestro Patrono San Ildefonso, baluarte de los valores, esencias y raíces hispánicas.

 

 Francisco Iglesias Carreño

( por Ciudadanos Zamoranos CC. ZZ., Zamoranos por Zamora ZZxZ y                                Partido Regionalista del País Leonés PREPAL)

 

Miércoles, 22 de enero de 2025

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Al “XII aniversario de la “DECLARACIÓN DE SAN ILDEFONSO”:

Igualdad en la España Nación

Desde nuestra libertad cívica, singular y grupal, en Castilla La Vieja (de la Corona Castellana) y en el Reino Leonés (de la Corona Leonesa), del Reino de España manifestamos:

[1º] Que la Nación Española deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclamó, el 6-12-1978 (de forma democrática y en libre decisión individual de cada ciudadano español y, por ende, con los ciudadanos de Castilla La Vieja y el Reino Leonés) su voluntad de: Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo. Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular. Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones. Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida. Establecer una sociedad democrática avanzada y Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

 [2º] Que la legalidad de todas y cada una de las decisiones, disposiciones e instrucciones, en todas y cada una de las circunscripciones electorales de todas las nacionalidades y regiones, están referenciadas, desde el 6-12-1978, por la Voluntad Soberana de la Nación Española, al texto expreso de la Constitución Española´1978.

 [3º] Que el acto de soberanía, del 6-12-1978, es una acción global y sumatíva que tiene como único sujeto jurídico al conjunto de todos los ciudadanos españoles {de todas y cada una de sus regiones y nacionalidades (reconocidas todas ellas por la Voluntad Soberana de la Nación Española)}, en todas las circunscripciones electorales de España que son fraternales y solidarias entre si y equipotenciales, en deberes y derechos, con plenitud de igualdad.

 [4º] Que la formación de la Nación Española, a lo largo del proceso histórico, es una acción integral convergente de todos y cada una de sus Pueblos, cuyo marco político actual está fijado en el texto de la Constitución Española´1978, sometido a la libre decisión de todos sus ciudadanos quienes, en un plano de total igualdad democrática, expresaron su libre voluntad política.

[5º] Que la pluralidad de todas y cada una de las diferentes instituciones, entidades y órganos emanados por aplicación del propio texto de la Constitución Española´1978, están sujetas a la Voluntad Soberana de la Nación   Española que es única e indivisible.

[6º] Que la Constitución Española´1978 se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce a todas las regiones (ya constitucionales por la Constitución Española´1931 y por ende sujetos jurídicos dentro de la España Nación) y garantiza el derecho, en su libre voluntariedad, a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

[7º] Que  todos los ciudadanos españoles, de todas las regiones y nacionalidades, y los poderes públicos están sujetos, en plenitud de igualdad, a la Constitución Española´1978 y al resto del ordenamiento jurídico, en todas y cada una de las circunscripciones electorales de la  España Nación.

[8º] Que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo, de los Pueblos españoles (constitucionalizados en 1978) que se conforman en sus respectivas Regiones Históricas (provincializadas el 30-11-1833) y constitucionales (14-6-1933), así como  de los grupos y entidades en que se integra, sean reales, tangibles y efectivas; y, por ello deben actuar para remover los obstáculos que impidan su realización o dificulten su plenitud y facilitar abiertamente la participación de todos los ciudadanos españoles, en todas las circunscripciones electorales, en la vida política, económica, cultural y social, desde el máximo respeto a los valores humanos, históricos y antropológicos de cada una de tales y tan concretos Pueblos Españoles´1978.

[9º]. Que la Nación Española, desde su Voluntad Soberana,  a través de la Constitución Española´1978 garantiza, en un Estado de Derecho común a todo el territorio de todas y cada una de las Regiones Españolas´1978 y, por tanto, a los ciudadanos de todos los constitucionales Pueblos Españoles´1978, el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

[10º] Que la Constitución Española´1978 es garante de la prevalencia de los derechos humanos singulares y grupales de todos los ciudadanos españoles, categoriza a todas y cada una de las Regiones Españolas´1978, en el mantenimiento de su constitucionalidad previa, y proyecta la necesaria convergencia económica de todos los Pueblos Españoles, fortaleciendo la unidad, desde la asunción de la diversidad plural, de la España Nación.

Lo que suscribimos a 23 de enero de 2013 en la festividad de San Ildefonso.   

{-.- Signado en su momento por los representantes de Ups, Prepal y CiBu.-.-}                  ………

*En el “XlI aniversario de la Declaración de San Ildefonso”, nos motivamos activa y renovadamente, desde lo ya signado el 23-1-2013, en el descrito decálogo que nos hace autores y, por ende, copartícipes protagonistas [-.- siendo intervinientes activos de nuestros entornos de convivencia próximos, en nuestro legado grupal, con las costumbres, tradiciones, ritos y celebraciones -.-] de nuestras raigambres antropológicas [-.- heredadas de las ancestrales correspondientes sagas familiares, regionales leonesas las unas  y regionales castellano viejas las otras -.-], de nuestras dos Regiones Históricas y bi-constitucionales [1931 y 1978] respectivas del Reino Leonés (con sus 3 provincias) y de Castilla La Vieja ( con sus 8 provincias) [-.- en cuyo seno, de forma libre, votamos (-.- en la regionalidad leonesa 521.999 votos afirmativos y en la regionalidad castellano vieja 1.005.768 votos afirmativos -.-), el día 6-12-1978, en el Referéndum Nacional, el texto de la Constitución Española que nos reconocía constitucionalmente a ambas regiones españolas -.-],  en la común y convivencial vida cotidiana de la Nación Española, como una acción convergente, fraternalmente agregadora, desde el umbral soporte democrático de la “Constitución´1978”,  de las acciones cívicas, singulares y grupales, de todos y cada uno de nuestros conciudadanos de ambas regionalidades españolas.

La “Declaración de San Ildefonso”, después de transcurridos doce años, permanece vigente e incólume, como guía personal cívica, a tener presente para y por los comportamientos ciudadanos.

VALORIO 22-1-2025

 

 

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