Lorena Hernández del Río
Martes, 21 de Abril de 2020
ENCUESTAS

La danza de los caballeros

[Img #38034]Levante la persiana y me topé con un día lluvioso. Tras dar lectura a varios periódicos comencé a sentir una desazón que no había tenido a lo largo de mis treinta y ocho días de confinamiento. Mi zozobra aumentaba al observar el uso partidista del CIS, la compra costosísima de voluntades de las televisiones privadas por medio de subvenciones vergonzosas, las pérdidas potenciales de 124.000 millones de euros en el sector turístico español y los intentos de ataque a comunicar o recibir libremente información veraz garantizada en el artículo 20.1 d) de nuestra Constitución.  Convendría tener muy presente que desde el siglo XIX ya no consta en las constituciones europeas la llamada técnica de Indemnity Bills que venía a ser una cláusula de exoneración parlamentaria, permitiendo al gobierno adoptar las medidas que considerase necesarias disfrutando mientras tanto de indemnidad o incluso de exención de responsabilidad.

El comentario, cuanto menos desafortunado, del Jefe del Estado Mayor de la Guardia Civil, José Manuel Santiago, hay que ponerlo en relación con el interrogante sobre si nos encontramos ante un estado de alarma o más bien de excepción. Actualmente, por fortuna, el artículo 55.2 de la Constitución Española establece que el artículo 20.1 d) (el derecho a comunicar o recibir información veraz), podrá ser suspendido cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Es decir, no lo contempla para el estado formal de hipotética alarma en el que nos encontramos. Ese mismo artículo 55 establece, a reglón seguido, el reconocimiento del principio de responsabilidad penal por violación de los derechos y libertades ocasionados por la utilización abusiva de la suspensión. Esto implica, que los actos del gobierno, ya sean de carácter administrativo o de carácter eminentemente político, son susceptibles de impugnación en vía jurisdiccional o bien de control parlamentario a tenor de lo contemplado en el artículo 108 de la Constitución: “El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados”. Deseo con toda mi alma que los grupos en la oposición y los tribunales de justicia velen por el libre  ejercicio de estos derechos así como en el cumplimiento de sus garantías. De ellos depende que estos desmanes no se conviertan en conductas generalizadas. Así podemos ver como ayer se pronunció el Tribunal Supremo mediante un Auto en el que acordó requerir al Ministerio de Sanidad para que adopte todas las medidas a su alcance en orden a la mejor distribución de los medios de protección para los profesionales sanitarios exigiéndole  a mayores informe quincenalmente de las medidas que vaya adoptando.

Con el fallo de este Auto, mi intranquilidad se redujo. Pese a ello, recordé “La danza de los caballeros” una de las obras maestras del músico ruso Prokofiev. En ella, se recoge el momento en que Romeo conoce a Julieta en una fiesta de los Capuletos a la que no había sido invitado. El ambiente siniestro que sugiere la música es el anticipo de lo que vendrá después: la muerte de los dos amantes. Ya han quedado escenificadas, las tendencias del Gobierno de intentar restringir derechos individuales, así como las últimas diferencias entre el Presidente del Gobierno y su Vicepresidente segundo en lo relativo al Ingreso Mínimo Vital. Pablo Iglesias forma parte del gobierno de coalición, pero nunca fue invitado a la fiesta de los Capuletos. La actitud que ambos están adoptando en la gestión de esta pandemia ya suena a ruido de sables, los mismos sables que les llevarán en un plazo razonable a un final cierto.

Quizá convendría fijarse en otras actitudes diferentes, como la adoptada por la representante de Mas Madrid, Rita Maestre, ofreciendo su apoyo total y lealtad crítica en lo atinente a la salida de la crisis, al Alcalde de Madrid José Luis Martínez-Almeida. Estos dos políticos, una ofreciendo responsablemente y otro recibiendo humildemente, me han conseguido apartar por un instante de Prokofiev para quedarme con una versión del Ave Maria de Caccini llamada el Ave Maria Islamo Christian interpretada por la cantante libanesa Tania Kassis. Esta mujer ha sido capaz de fusionar el muecín que es la llamada a la oración musulmana con el Ave María. Con esta canción, propició el encuentro entre religiones enfrentadas. Tal vez, este también sea un buen ejemplo de cómo es posible la unión entre dos posturas aparentemente irreconciliables. La ciudadanía está empachada de ideologías y confinamiento, de mentiras y verdades a medias. Los zamoranos queremos responsablemente regresar con salud a nuestra bendita rutina.

Lorena Hernández

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