COVID-19
España obligará a una cuarentena forzosa a los viajeros que lleguen del extranjero
Deberán permanecer 14 días en su domicilio o alojamiento, con movimientos muy limitados
Esta medida se implantará el próximo 15 de mayo, viernes, y se mantendrá durante todo el estado de alarma.

Desde el próximo 15 de mayo, las personas que lleguen a España desde el extranjero tendrá la obligación de guardar una cuarentena de 14 días, para evitar que se produzcan más contagios por coronavirus o que regresen casos importados, tal y como recogen hoy una orden del Ministerio de Sanidad, publicada en el Boletín Oficial del Estado, que estará vigente durante el estado de alarma y sus posibles prórrogas.
El Gobierno sigue la estela marcada por otros países, como Francia y la misma que las autoridades habían implantado en España con las repatriaciones de españoles procedentes de Italia o China.
Según señala el BOE, el Gobierno entiende que "la favorable evolución de la situación epidemiológica en nuestro país y el inicio de la desescalada hacen preciso reforzar las medidas de control, de tal forma que teniendo presente la distribución mundial del virus y en base al principio de precaución, se considera necesario aplicar a las personas que procedan del extranjero, la necesidad de realizar una cuarentena durante 14 días".
Durante el periodo de cuarentena las personas a que se refiere el apartado anterior deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos a la realización de las siguientes actividades: a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. c) Por causas de fuerza mayor o situación de necesidad. Todos los desplazamientos se realizarán obligatoriamente con mascarilla.
"Las autoridades sanitarias podrán realizar el seguimiento de la cuarentena. Si aparecen síntomas como fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general u otros síntomas sospechosos de Covid-19, deberán contactar por teléfono con los servicios sanitarios mediante los números habilitados por las comunidades autónomas, indicando que se encuentran en cuarentena por proceder del extranjero".
Quedan exceptuados de estas medidas los trabajadores trasfronterizos, transportistas y las tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas de COVID-19. 6. Las agencias de viaje, los tour operadores y compañías de trasporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino en el territorio español. En el caso de aeronaves, las compañías deberán facilitar el formulario de salud pública para localizar a los pasajeros (Passanger Location card), que deberá ser entrado por el viajero a la llegada a España.
Controles fronterizos hasta el 24 de mayo
El BOE también publica la prorroga de los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas hasta el 24 de mayo para asegurar la desescalada y contener "los riesgos de contagio" por coronavirus, según una orden del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
El Gobierno ha justificado esta prórroga argumentando que la evolución de la crisis sanitaria y la duración previsible del proceso de transición siguen requiriendo que las medidas restrictivas en el territorio español se acompañen de otras proporcionales en las fronteras interiores.
El transporte de mercancías sigue funcionando sin restricciones para preservar la cadena de abastecimiento y la actividad económica.

Desde el próximo 15 de mayo, las personas que lleguen a España desde el extranjero tendrá la obligación de guardar una cuarentena de 14 días, para evitar que se produzcan más contagios por coronavirus o que regresen casos importados, tal y como recogen hoy una orden del Ministerio de Sanidad, publicada en el Boletín Oficial del Estado, que estará vigente durante el estado de alarma y sus posibles prórrogas.
El Gobierno sigue la estela marcada por otros países, como Francia y la misma que las autoridades habían implantado en España con las repatriaciones de españoles procedentes de Italia o China.
Según señala el BOE, el Gobierno entiende que "la favorable evolución de la situación epidemiológica en nuestro país y el inicio de la desescalada hacen preciso reforzar las medidas de control, de tal forma que teniendo presente la distribución mundial del virus y en base al principio de precaución, se considera necesario aplicar a las personas que procedan del extranjero, la necesidad de realizar una cuarentena durante 14 días".
Durante el periodo de cuarentena las personas a que se refiere el apartado anterior deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos a la realización de las siguientes actividades: a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. c) Por causas de fuerza mayor o situación de necesidad. Todos los desplazamientos se realizarán obligatoriamente con mascarilla.
"Las autoridades sanitarias podrán realizar el seguimiento de la cuarentena. Si aparecen síntomas como fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general u otros síntomas sospechosos de Covid-19, deberán contactar por teléfono con los servicios sanitarios mediante los números habilitados por las comunidades autónomas, indicando que se encuentran en cuarentena por proceder del extranjero".
Quedan exceptuados de estas medidas los trabajadores trasfronterizos, transportistas y las tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas de COVID-19. 6. Las agencias de viaje, los tour operadores y compañías de trasporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino en el territorio español. En el caso de aeronaves, las compañías deberán facilitar el formulario de salud pública para localizar a los pasajeros (Passanger Location card), que deberá ser entrado por el viajero a la llegada a España.
Controles fronterizos hasta el 24 de mayo
El BOE también publica la prorroga de los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas hasta el 24 de mayo para asegurar la desescalada y contener "los riesgos de contagio" por coronavirus, según una orden del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
El Gobierno ha justificado esta prórroga argumentando que la evolución de la crisis sanitaria y la duración previsible del proceso de transición siguen requiriendo que las medidas restrictivas en el territorio español se acompañen de otras proporcionales en las fronteras interiores.
El transporte de mercancías sigue funcionando sin restricciones para preservar la cadena de abastecimiento y la actividad económica.



















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