Domingo, 28 de Diciembre de 2025

Irene Alfageme
Lunes, 22 de Junio de 2020
NUEVA NORMALIDAD

Las discotecas y ocio nocturno no podrán superar un tercio del aforo

El Ayuntamiento de Toro comunica ha abierto la posibilidad de ampliar el espacio destinado a las terrazas, “siempre garantizando la circulación peatonal”

Una fiesta celebrada el verano pasado.

 

Las discotecas y ocio nocturno también forman parte de la “nueva normalidad”, por ello, el Ayuntamiento de Toro en el decreto de alcaldía ha ofrecido un apartado para tratar estos establecimientos. En primer lugar, se informa que se procederá a la reapertura al público de los locales de discoteca y sala de fiestas, siempre que: no se supere un tercio de aforo; el consumo dentro del local “podrá? realizarse en barra y en mesa o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal entre clientes de mesas o agrupaciones de mesas”; si existe un espacio destinado para la pista de baile deberá ser utilizado para instalar mesas “no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual”; el funcionamiento de emisores acústicos deberá estar limitado a un volumen que permita la conversación a distancia interpersonal de 1,5 metros sin necesidad de elevar la voz; mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros en todo momento; se deberá de proceder a la ventilación del local al inicio y final de cada sesión de actividad; y, por último, “podrá procederse a la apertura de las terrazas al aire libre de estos establecimientos, si las hubiera, en las mismas condiciones que el resto de terrazas de establecimientos de hostelería y restauración”.

 

También se informa en el decreto las normas de otros establecimientos de ocio como son los pubs o karaokes, en los que se suman las medidas citadas anteriormente, a excepción del aforo, que no podrá superarse un 75%. Además, el Ayuntamiento de Toro comunica, además, que ha abierto la posibilidad de ampliar el espacio destinado a las terrazas, “siempre garantizando la circulación peatonal y las medidas de seguridad necesarias, adoptando en su caso las medidas temporales de movilidad oportunas como el cierre al tráfico rodado de calles y plazas”.

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