Miguel Ángel Vegas
Miércoles, 26 de Agosto de 2020
CIUDADANO

Estado de Derecho y Democracia: ¿Son lo mismo?

[Img #43006]Desde todos los puntos de vista, y especialmente en política, el lenguaje es un arma que traspasa lo estrictamente comunicativo.

Con este primer postulado, planteo que no hay definición de “Democracia” o “Estado de Derecho” con universal aceptación; son objeto de polémica, discusión intelectual y científica; conceptos controvertidos, usados y tergiversados en función de intereses espurios.

Democracia y derechos no son equivalentes, aunque las democracias modernas estén fundamentadas en torno a derechos del individuo. Si llegamos a definir el significado contemporáneo de “Democracia” y de “Estado de Derecho” podríamos establecer relaciones entre ambos.

 

Democracia. Es un concepto fundamental en el pensamiento y filosofía políticos que ha ido transformando su significado desde su origen en las polis griegas (donde recordemos era un derecho restrictivo pues sólo correspondía a ciudadanos libres, de sexo masculino). Curiosamente Aristóteles en su “Política” no lo consideraba un sistema político virtuoso o puro al propiciar el gobierno de la masa y no de los más preparados (aristocracia).

Nos encontramos con una primera definición desde su concepción originaria: “Democracia es poder del pueblo para decidir asuntos del gobierno de la ciudad (Estado) que conlleva aplicar sabiduría, virtud y sentido común en beneficio de la comunidad. Todos los considerados ciudadanos participan libremente, aceptando su papel como gobernantes (por elección o turno) o gobernados”.

Las democracias han ido evolucionando hacia los actuales sistemas liberales representativos donde el ciudadano delega en representantes y el Estado descarga sus tareas en una maquinaria burocrática. Pero ello no es óbice para que el espíritu que las guía-según sabia definición de A. Lincoln (“Gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”) – permanezca aún muy presente en los procesos democráticos.

Una evolución que ha traído también vicios, limitaciones y defectos que van instalándose en ellas: preponderancia del Ejecutivo o del Legislativo (según sea el sistema político); partitocracia; influencia de élites económico-financieras o de fuertes grupos de presión; desafección de la sociedad civil; corrupción; preponderancia de los medios de comunicación; etc.

A pesar de todo ello, hoy en día se ha consolidado como el sistema de gobierno más estable y beneficioso para la humanidad tanto en términos de seguridad y estabilidad, como económicos, civiles, de derechos humanos, sociales, acortamiento de desigualdades, etc. en especial gracias a avances consolidadores como el sufragio universal, la participación a través de elecciones libres y una oferta política plural.

En las democracias modernas la validez, legitimidad y estabilidad se han obtenido gracias al “Imperio de la Ley” plasmado en Constituciones, Esto las diferencia de otros sistemas políticos como monarquía absolutista, imperios, democracias orgánicas, sistemas de partido único, totalitarismos, democracias corporativas o  dictaduras.

Tomando como referencia la afirmación de Lafayette (”sin Constitución no hay derechos fundamentales”), podríamos decir, por extensión, que un país sin Constitución no es un Estado democrático, ni de derecho, ni con derechos garantizados.

 

Estado de Derecho. Por el contrario, este concepto es moderno y directamente relacionado  con los estados democráticos contemporáneos, herederos de la ideología liberal y de las teorías de Locke basadas en el ´principio del “imperio de la ley”. Este principio inspira,  orienta y regula el desarrollo de  actividades, relaciones civiles y mercantiles, derechos y obligaciones de todos y cada uno de los ciudadanos e instituciones y de estos entre sí.

Implica, además, que NADIE ESTÁ POR ENCIMA DE LAS LEYES, garantía de estabilidad y seguridad en las relaciones entre individuos y el Estado.

Las Constituciones pretenden, precisamente, que ninguna ley ni autoridad sean injustas, sesgadas, abusivas o arbitrarias.

No obstante, este concepto de “Estado de Derecho”, también difiere entre países e ideologías, entre lo conceptual y lo normativo.

 Por ejemplo, algunos sostienen que simplemente es un sistema legal que culmina con una Constitución reguladora y jerarquizante entre normas, para evitar arbitrariedades y proteger. Otros creen, por el contrario, que el sistema legal solo es una parte del sistema global de relaciones sociales, siendo suficiente que el gobierno esté sujeto a las leyes y que la elaboración de éstas también esté regulada por ley.

Pero la clave de bóveda de un Estado de Derecho es que tiene más herramientas:

 - equilibrio y separación de poderes (“check&balance”)

- controles al Ejecutivo mediante censuras del legislativo, poder de revocación y

elecciones periódicas;

-mecanismos de participación ciudadana;

- sistema judicial independiente.

Aún así, países de reciente democratización y otros con larga y consolidada trayectoria democrática, pueden presentar fallos como derivas autoritarias (democracias latinoamericanas) o deficiencias en la aplicación efectiva de derechos civiles o sociales (Estados Unidos).

En muchos hay deficiencias de todo tipo: a) legislativas, con leyes vigentes y  prácticas políticas discriminatorias de determinados colectivos (mujeres, ancianos, extranjeros, indígenas, homosexuales u otras minorías) ; b) diferencias de trato institucional a los ciudadanos, usando la burocracia para generar desigualdades y crear barreras de acceso real a derechos; c) discrecionalidad legal, ya sea para perjudicar a disidentes o beneficiar a partidarios o clases sociales más privilegiadas; d) inaccesibilidad al sistema judicial, haciéndolo complicado o caro; e) leyes fuera de la legalidad internacional (o, incluso, anticonstitucionales en el propio país).

Conclusión

Democracias modernas y Estado de derecho convergen en varios aspectos, el más reseñable de los cuales es que los gobernantes están sometidos a controles.

- Control Electoral. Mediante elecciones libres, competitivas y regulares los ciudadanos pueden libremente ratificar o revocar políticas y gobernantes.

- Control Social. La sociedad civil, a través de medios de comunicación, grupos de presión o individualmente, puede plantear demandas o denunciar fallos del sistema. No sólo para que rindan cuentas, sino para provocar cambios en la Agenda política y en resultados.

- Control Institucional/legal. Instituciones estatales autorizadas y creadas para ello (Tribunales, Auditores, Interventores, Fuerzas de Seguridad) actúan previniendo o castigando acciones u omisiones presumiblemente ilegales de cualquier servidor o poder estatal.

 

El primer control está clarísimamente vinculado con la democracia. Es condición necesaria, aunque no suficiente. Los otros dos son variables y dependen de circunstancias, aunque también- especialmente el tercero- atributos necesarios para un Estado de Derecho.

En los modernos indicadores de calidad democrática, que no existan movilizaciones sociales contra irregularidades cometidas por el Estado o que no haya voluntad institucional de poner en práctica controles de unas instituciones o poderes sobre otros, dejan en mal lugar al entramado estatal, tanto en lo democrático como en el derecho.

El otro aspecto de convergencia entre Democracia y Estado de Derecho es disfrutar de un sistema legal como facilitador del ordenamiento general en las relaciones sociales y ciudadanas.  Desde esa perspectiva “Estado de Derecho” no es sólo un atributo legal e institucional sino, principalmente, el fundamento y legitimidad de la autoridad ejercida por un estado y un gobierno.

Al asegurar la participación, garantizando libertades políticas democráticas, derechos civiles para todos y controlar la legalidad de los actos de cualquier agente, se produce la transformación en “Estado social y democrático de derecho” en el que, como ya hemos dicho, TODOS estamos sometidos a la autoridad legal.

Las democracias encuentran su plenitud cuando están basadas en el Estado de Derecho y el Estado de derecho se manifiesta en todo su esplendor en las democracias plenas. No sólo por disfrutar de legislación adecuada e instituciones que aseguren la efectividad de un sistema legal ya de por sí democrático. La verdadera grandeza es cuando ambos se refuerzan adjudicando derechos a los ciudadanos, con un sistema legal-constitucional que los garantiza y obliga a todos a cumplirlos.

También admitiendo que son los ciudadanos, con su libre decisión en elecciones, la fuente de la soberanía, de la autoridad y de la legitimidad de todo el sistema.

En definitiva, se produce un proceso de legitimación por aceptación de normas y de representantes.

Admitamos que en las democracias contemporáneas (representativas, sociales y de derecho) la premisa de “gobierno ejercido POR el pueblo” es de difícil cumplimiento.

Pero de lo que no cabe ninguna duda es que son DEL pueblo y PARA el pueblo.

Miguel Ángel Vegas Soto (ciudadano, estudiante de Ciencia Política)

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