COVID-19
Las capitales de Valladolid y Salamanca regresan a medidas de la fase 1
Zamora y Soria, las mejores en la incidencia del coronavirus en Castilla y León
Las acciones de contención sanitaria para hacer frente a la evolución pandémica en ambas capitales castellanas y leonesas se centran en la restricción de agrupaciones personales, con el fin de reducir los índices de transmisión del SARS-CoV-2 y entrarán en vigor el 3 de septiembre.

Verónica Casado y Francisco Igea han comunicado importantes medidas, que entrarán en vigor a las 0:00 h. del miércoles, para frenar el avance de la pandemia en dos capitales de la comunidad, Valladolid y Salamanca, tras aprobarlo en el Consejo de Gobierno de hoy y confirmarse que ya hay transmisión comunitaria en estas dos ciudades. Estas medidas se revisarán a los siete días y podrán ser objeto de mantenimiento, de modificación o podrán dejarse sin efecto.
Así, se imponen nuevas restricciones en Salamanca y Valladolid, casi todas vinculadas al ocio y la hostelería, quedando prohibido el consumo de pie y en barras en restaurantes y bares, que exclusivamente se podrá realizar en mesas de no más de seis personas. En las mesas deberán usarse las mascarillas y mantenerse las distancias de seguridad.
Quedan también prohibidas las reuniones de más de diez personas de carácter privado y familiar, aunque, en principio no, como explicó el vicepresidente, esto "no va a afectar al inicio del curso en ambas ciudades".
La Orden ahora estudiada por el Consejo de Gobierno establece las siguientes medidas sanitarias preventivas:
Velatorios y entierros
En los velatorios deberá respetarse un máximo de quince personas en espacios al aire libre o de diez en espacios cerrados. La participación en la comitiva para el enterramiento de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.
Lugares de culto, ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles
Deberá respetarse un máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de veinticinco en espacios cerrados, sin superar en ningún caso un tercio del aforo.
Establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas
En los bares y cafeterías no podrá consumirse en el interior del local salvo en mesa y sentados. Las mesas no podrán ser de más de seis personas, con uso de mascarilla y guardando la distancia de seguridad interpersonal conforme viene establecido. En los restaurantes y sociedades gastronómicas no está permitido el consumo en la barra y en la zona de cafetería o bar y en ningún caso podrá hacerse cualquier consumo de pie.
En las terrazas al aire libre de cualquier tipo de establecimiento las mesas no podrán ser de más de seis personas, guardando la distancia de seguridad interpersonal conforme viene establecido. El consumo no podrá ser de pie sino sentados. En todo caso se extremará en estas actividades el uso de mascarilla y la distancia interpersonal como viene establecido. Estas mismas medidas se aplicarán a todo establecimiento, actividad o instalación en el que se preste algún tipo de servicio de hostelería, restauración o de terraza.
Actividad en cines, teatros, auditorios, circos de toldo, plazas, recintos e instalaciones taurinas y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades culturales y recreativas
En cualquier caso, será de aplicación un límite máximo de veinticinco personas para lugares cerrados y de cincuenta tratándose de actividades al aire libre.
Actividades e instalaciones deportivas
La práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea. En las instalaciones y centros deportivos podrá realizarse actividad deportiva en grupos de hasta cinco personas, sin contacto físico.
La práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea en el caso de los entrenamientos. No se aplicará este límite en las competiciones donde las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo.
Asistencia de público a eventos deportivos en instalaciones deportivas
La celebración de eventos deportivos, entrenamientos y competiciones deportivas en instalaciones deportivas o en la vía pública podrán desarrollarse con público, con un límite de veinticinco personas para lugares cerrados y de 50 personas tratándose de actividades al aire libre.
Condiciones para ocupación de zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos
Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con una capacidad máxima de diez personas, incluidos los monitores y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.
Bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales
En la realización de actividades culturales en estos espacios se aplicará un máximo de hasta diez personas en las actividades de grupos, incluido el monitor o guía y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.
Realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil
Las actividades deberán realizarse en grupos de hasta diez personas participantes, incluyendo los monitores correspondientes, que deberán trabajar sin contacto entre los demás grupos.
Reuniones de carácter privado o familiar
La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o familiar se limitará a un número máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
El seguimiento y control de las acciones indicadas en esta Orden se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León y, en este sentido, la vigilancia, la inspección y el control del cumplimiento de estas medidas de contención corresponden a las autoridades estatales, autonómicas y locales, según el régimen competencial aplicable.
En este sentido, la Junta dará traslado de esta Orden a la Delegación del Gobierno en Castilla y León y a los ayuntamientos de Salamanca y de Valladolid, a efectos de recabar su cooperación y colaboración a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de las respectivas policías locales, para la aplicación y cumplimiento de las actuaciones adoptadas.
Datos de hoy
La consejera de Sanidad, en este día 73 de la llamada "nueva normalidad", también ha comunicado los nuevos casos detectados de contagios por coronavirus, regresando a cifras cercanas a los 500 diarios en toda la comunidad: 456 nuevos casos de personas contagiados de SARS-CoV-2. Aunque hoy se han sumando 1.527 a la cifra total de confirmaciones, al incluirse casos antiguos, con lo que su número actual acumulado es 36.124; de esa cifra, 29.1671 son confirmaciones a través de pruebas PCR.
Con diagnóstico de ayer o síntomas recienttrees, son 28 y, de Zamora, sumamos 3 contagios notificados ayer o con síntomas recientes, para un total de 1.062 confirmados con PCR desde marzo.

Los brotes activos en el conjunto de la Comunidad son 204, 2 más que ayer, y los casos positivos a ellos vinculados son 1.176 (71 más que ayer). En Zamora, ya hay un brote activo menos, sumando 18 brotes y 120 casos vinculados a ellos.
Con los 39 pacientes que han recibido el alta hospitalaria, en Castilla y León, son 9.142 las personas curadas en los centros hospitalarios.
Lamentablemente, sumamos hoy 9 personas fallecidas por o con COVID-19, en los hospitales de Vallladolid, Ávila, León, Burgos, Palencia y Salamanca. El registro acumulado de muertes por esta pandemia en los hospitales de Castilla y León es de 2.130 personas fallecidas. A estas muertes, tenemos que sumar las 2.619 personas que han fallecido en las residencias, tres más en las últimas horas, de las que 124 han perdido la vida por la COVID-19 en los centros sociosanitarios de Zamora, ninguna en los dos últimos meses.
En el hospital zamorano Virgen de la Concha, hoy no se ha notificado ninguna muerte por o con COVID-19. pero sí tenemos una nueva alta, con un total de 388 personas que se han curado en este centro hospitalario.
Verónica Casado y Francisco Igea han comunicado importantes medidas, que entrarán en vigor a las 0:00 h. del miércoles, para frenar el avance de la pandemia en dos capitales de la comunidad, Valladolid y Salamanca, tras aprobarlo en el Consejo de Gobierno de hoy y confirmarse que ya hay transmisión comunitaria en estas dos ciudades. Estas medidas se revisarán a los siete días y podrán ser objeto de mantenimiento, de modificación o podrán dejarse sin efecto.
Así, se imponen nuevas restricciones en Salamanca y Valladolid, casi todas vinculadas al ocio y la hostelería, quedando prohibido el consumo de pie y en barras en restaurantes y bares, que exclusivamente se podrá realizar en mesas de no más de seis personas. En las mesas deberán usarse las mascarillas y mantenerse las distancias de seguridad.
Quedan también prohibidas las reuniones de más de diez personas de carácter privado y familiar, aunque, en principio no, como explicó el vicepresidente, esto "no va a afectar al inicio del curso en ambas ciudades".
La Orden ahora estudiada por el Consejo de Gobierno establece las siguientes medidas sanitarias preventivas:
Velatorios y entierros
En los velatorios deberá respetarse un máximo de quince personas en espacios al aire libre o de diez en espacios cerrados. La participación en la comitiva para el enterramiento de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.
Lugares de culto, ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles
Deberá respetarse un máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de veinticinco en espacios cerrados, sin superar en ningún caso un tercio del aforo.
Establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas
En los bares y cafeterías no podrá consumirse en el interior del local salvo en mesa y sentados. Las mesas no podrán ser de más de seis personas, con uso de mascarilla y guardando la distancia de seguridad interpersonal conforme viene establecido. En los restaurantes y sociedades gastronómicas no está permitido el consumo en la barra y en la zona de cafetería o bar y en ningún caso podrá hacerse cualquier consumo de pie.
En las terrazas al aire libre de cualquier tipo de establecimiento las mesas no podrán ser de más de seis personas, guardando la distancia de seguridad interpersonal conforme viene establecido. El consumo no podrá ser de pie sino sentados. En todo caso se extremará en estas actividades el uso de mascarilla y la distancia interpersonal como viene establecido. Estas mismas medidas se aplicarán a todo establecimiento, actividad o instalación en el que se preste algún tipo de servicio de hostelería, restauración o de terraza.
Actividad en cines, teatros, auditorios, circos de toldo, plazas, recintos e instalaciones taurinas y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades culturales y recreativas
En cualquier caso, será de aplicación un límite máximo de veinticinco personas para lugares cerrados y de cincuenta tratándose de actividades al aire libre.
Actividades e instalaciones deportivas
La práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea. En las instalaciones y centros deportivos podrá realizarse actividad deportiva en grupos de hasta cinco personas, sin contacto físico.
La práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea en el caso de los entrenamientos. No se aplicará este límite en las competiciones donde las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo.
Asistencia de público a eventos deportivos en instalaciones deportivas
La celebración de eventos deportivos, entrenamientos y competiciones deportivas en instalaciones deportivas o en la vía pública podrán desarrollarse con público, con un límite de veinticinco personas para lugares cerrados y de 50 personas tratándose de actividades al aire libre.
Condiciones para ocupación de zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos
Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con una capacidad máxima de diez personas, incluidos los monitores y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.
Bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales
En la realización de actividades culturales en estos espacios se aplicará un máximo de hasta diez personas en las actividades de grupos, incluido el monitor o guía y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.
Realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil
Las actividades deberán realizarse en grupos de hasta diez personas participantes, incluyendo los monitores correspondientes, que deberán trabajar sin contacto entre los demás grupos.
Reuniones de carácter privado o familiar
La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o familiar se limitará a un número máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
El seguimiento y control de las acciones indicadas en esta Orden se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León y, en este sentido, la vigilancia, la inspección y el control del cumplimiento de estas medidas de contención corresponden a las autoridades estatales, autonómicas y locales, según el régimen competencial aplicable.
En este sentido, la Junta dará traslado de esta Orden a la Delegación del Gobierno en Castilla y León y a los ayuntamientos de Salamanca y de Valladolid, a efectos de recabar su cooperación y colaboración a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de las respectivas policías locales, para la aplicación y cumplimiento de las actuaciones adoptadas.
Datos de hoy
La consejera de Sanidad, en este día 73 de la llamada "nueva normalidad", también ha comunicado los nuevos casos detectados de contagios por coronavirus, regresando a cifras cercanas a los 500 diarios en toda la comunidad: 456 nuevos casos de personas contagiados de SARS-CoV-2. Aunque hoy se han sumando 1.527 a la cifra total de confirmaciones, al incluirse casos antiguos, con lo que su número actual acumulado es 36.124; de esa cifra, 29.1671 son confirmaciones a través de pruebas PCR.
Con diagnóstico de ayer o síntomas recienttrees, son 28 y, de Zamora, sumamos 3 contagios notificados ayer o con síntomas recientes, para un total de 1.062 confirmados con PCR desde marzo.
Los brotes activos en el conjunto de la Comunidad son 204, 2 más que ayer, y los casos positivos a ellos vinculados son 1.176 (71 más que ayer). En Zamora, ya hay un brote activo menos, sumando 18 brotes y 120 casos vinculados a ellos.
Con los 39 pacientes que han recibido el alta hospitalaria, en Castilla y León, son 9.142 las personas curadas en los centros hospitalarios.
Lamentablemente, sumamos hoy 9 personas fallecidas por o con COVID-19, en los hospitales de Vallladolid, Ávila, León, Burgos, Palencia y Salamanca. El registro acumulado de muertes por esta pandemia en los hospitales de Castilla y León es de 2.130 personas fallecidas. A estas muertes, tenemos que sumar las 2.619 personas que han fallecido en las residencias, tres más en las últimas horas, de las que 124 han perdido la vida por la COVID-19 en los centros sociosanitarios de Zamora, ninguna en los dos últimos meses.
En el hospital zamorano Virgen de la Concha, hoy no se ha notificado ninguna muerte por o con COVID-19. pero sí tenemos una nueva alta, con un total de 388 personas que se han curado en este centro hospitalario.
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