Miércoles, 08 de Octubre de 2025

Francisco Iglesias Carreño
Viernes, 25 de Junio de 2021
PREPAL

Homologabilidad y analoguismo al 6-12-1978

[Img #54473]Es cierto que el texto constitucional debe tenerse como un soporte umbral que, y a la vez,  sea guía conductual de todos los haceres y, en forma observable, de todos y cada uno de los procedimientos constituyentes.

 

Destacar las datas constituyentes, no supone la indicación de ningún ejercicio fútil y/o lisonjero, antes al contrario, son un referente preciso, ¡ y directo!, que se debe tener, en forma obligada, siempre en cuenta y como cita necesaria de los valores constitucionales, a la vez que sólido comienzo de todos y cada uno de los derechos constitucionales.

 

La prevalencia de los textos constitucionales esta asida al compartimiento de los valores y los derechos constituyentes por todos y cada uno de los `sujetos actores´ sea con la CE'1931  o con la CE'1978, y para una misma e idéntica ambientación territorializada, que resulta que es enjundiosa en sí misma, al ser mantenida, ¡y al completo!, en momentos a-constitucionales por un sistema/régimen/dictadura imperativo.

 

Ello nos lleva, de forma reflexiva básica, a interrogarnos públicamente, buscando unas relaciones de homologabilidad y analoguismo, que traigan, hacia el actual presente, la palpable realidad de lo que si tiene que ser, situandola en el alejamiento del oscurantismo cuatripartito del verano del año 1981, el ir entre todos y con todos, ¡y en todas y cada una de las partes alícuotas regionales españolas!, a la plenitud de la España Nación.

 

En atención a ello efectuamos los siguientes considerandos:

 

{1°}©¤?

Vemos como una situación normal la constitucionalización de la Región Aragonesa.

 

¿Vemos como una situación normal la constitucionalización de la Región Reino Leonés?.

 

Lo que es constitucionalmente normal, y de indole interno voluntario, para la Región Aragonesa, se puede llevar adelante en su ambiente interno.

 

¿Lo que es constitucionalmente normal, y de indole interno voluntario, para la Región Reino Leonés, se puede llevar adelante en su ambiente interno?.

 

Ahora viene el que cada cual, y desde su propia acción cívica, se sitúe, tanto singular como grupalmente, en la "constitucionalización".

 

{2°}©¤?

Vemos como una situación normal la expresiva convivencialidad interna de la Región Extremeña.

 

¿Vemos como una situación normal la expresiva convivencialidad interna de la Región Reino Leonés?.

 

La convivencialidad interna de la Región Extremeña, es un soporte de la realidad cotidiana de los ciudadanos regionales extremeños.

 

¿La convivencialidad interna de la Región Reino Leonés es un soporte de la realidad cotidiana de los ciudadanos regionales leoneses?.

 

La "convivencialidad interna" nos informa sobre nuestra propia situaciøn regional, si es autóctona o manejada desde fuera de su ámbito

 

{3°}©¤?

Vemos como una situación normal la legitimación de la Región Andaluza.

 

¿Vemos como una situación normal la legitimación de la Región Reino Leonés?.

 

La legitimación de la Región Andaluza esta basada en las aportaciones de índole preconstitucional de la propia Región Andaluza.

 

¿La legitimación de la Región Reino Leonés esta basada en las aportaciones de índole preconstitucional de la propia Región Reino Leonés?.

 

La "legitimación" nos aporta el respaldo moral de nuestros actos y el soporte ético de nuestras decisiones.

 

{4°}©¤?

Vemos como una situación mormal la significación diferencial de la Región Valenciana.

 

¿Vemos como una situación normal la significación diferencial de la Región Reino Leonés?.

 

La significación diferencial de la Región Valenciana es un aditamento coadyuvante de la  conformación de la sociedad regional valenciana.

 

¿La significación diferencial de la Región Reino Leoneses es un aditamento coadyuvante de la  conformación de la sociedad regional leonesa?.

 

La "significación diferencial" está protegida constitucionalmente, desde el inicio constituyente, no pudiendo ser objeto  de alteraciones dictadas sobrevenidas.

 

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Vemos como una situación normal la caracterización antropológica de la Región Balear.

 

¿Vemos como una situación normal la caracterización antropológica de la Región Reino Leonés?.

 

La caracterización antropológica de la Región Balear describe  al constitucional Pueblo Regional Balear.

 

¿La caracterización antropológica de la Región Reino Leonés describe  al constitucional Pueblo Regional Leonés?.

 

La caracterización antropológica se sustenta en la prevalencia de los derechos humanos de categorización universal.

 

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Vemos como una situación normal la legalidad de la Región Canaria.

 

¿Vemos como una situación normal la legalidad de la Región Reino Leonés?.

 

La legalidad de la Región Canaria esta homologable a la de las demás regiones españolas.

 

¿La legalidad de la Región Reino Leonés esta homologable a la de las demàs regiones españolas?.

 

La legalidad  territorial está asida al Estado de Derecho con base democrática.

 

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Vemos como una situación normal la personalidad de la Región Navarra.

 

¿Vemos como una situación normal la personalidad de la Región Reino Leonés?

 

La personalidad de la Región Navarra  resalta la especificación grupal de todos los ciudadanos regionales navarros.

 

¿La personalidad de la Región Reino Leonés  resalta la especificación grupal de todos los ciudadanos regionales leoneses?.

 

La personalidad regional está respaldada por la Nación como parte alícuota de la misma.

 

Tenemos toda una serie de caracteristicas, que deben ser tenidas como presentes, ya en el momento del día 6-12-1978 y ya con la triprovincial Región Reino Leonés, tales como:

 

1°) constitucionalización

2°) convivencialidad

3°) legitimación

4°) significación diferencial

5°) caracterización antropológica

6°) legalidad

7°) personalidad

 

Donde quedan dibujadas todas y cada una de las quince regiones españolas bi-constitucionales.

 

Francisco Iglesias Carreño

Presidente PREPAL.

 

VALORIO 25-6-2021

 

@PREPALSaZsLe

prepalszl@gmail.com

 

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