Eugenio de Ávila
Domingo, 11 de Julio de 2021
PREPAL

Supóngase que Vd

[Img #54959]Es un `ciudadano regional leonés´ (o sea ciudadano: español, europeo y universal), en plenitud de todos y cada uno de sus derechos constitucionales (descritos en la Constitución Española CE'1878) y seguidor/cumplidor del Tratado de Lisboa TL'2009 {tras la Conferencia Intergubernamental (CIG) en Presidencia portuguesa, se firmó el 13-12-2007 por el Consejo Europeo de Lisboa y ha sido ratificado por todos los Estados miembros y es vigente desde el 1-12-2009}. o sea, y en leyendo lo más correctamente posible, y a tales alturas interpretativas de: (1°) la normalidad jurídica y (2°) la instrucción legal, que Vd. pertenece a la "Comunidad Autónoma Región Reino Leonés" del Estado Español de la España Nación y la Unión Europea.

 

Y tiene Vd., como ciudadano libre y democrático, que interpretar el siguiente texto:

 

 "Su dictamen reduce a doce los manantiales y trece los tramos de ríos que aún pierden parte de su caudal tierra adentro para terminar en los macrotúneles."

 

Recuerde Vd., lo que le hemos indicado al principio sobre "su plenitud constitucional española e inherentes derechos europeos".

 

Prosigue Vd., en el ejercicio de su libre voluntariedad (índividual y/o grupal), su lectura con:

 

"Es lo que en su día se conoció como un «trasvase oculto» entre León y Asturias. Los túneles tienen 24,6 kilómetros entre Pola de Gordón y Los Pontones, con pendiente descendiente hacia el lado asturiano, hacia el que liberan el agua subterránea que se filtra a su interior a un ritmo de 319 litros por segundo, según los últimos datos."

 

Recuerde Vd., por ser inherente a la temática planteada, lo de su plenitud constitucional española y su completitud jurídica/legal europea.

 

¿Alberga Vd. alguna duda, sobre que su "Comunidad Autónoma Región Reino Leonés", defenderá el "PATRIMONIO NATURAL REGIONAL LEONÉS" del que se habla en la noticia?

 

¿Alberga Vd. alguna duda, sobre que su "Comunidad Autónoma Región Reino Leonés", mantiene el "PATRIMONIO NATURAL REGIONAL LEONÉS", del "todo SaZaLe'41", dentro del completo "PATRIMONIO MATERIAL, INMATERIAL Y MORAL"  que corresponde al `constitucional Pueblo Regional Leonés´ y que está respaldado por la CE'1978 y el TL'2009?

-.- -.- -.-

 

Ahora Vd.,...

                                         se ha despertado.

 

Ha vuelto al mundo real.

 

Puede otear la situación circundante.

 

Y se ve impelido a proceder, en forma cívica y por ende libre, en su (¡y nuestro!) ambiente (con)vivencial de proximidad, cuasi de entrelazadas sagas fraternales, en el que está inmerso por: (1°) su ancestral herencia antropológica, (2°) procedencia histórica e (3°) interrelación social, de la más amplia y completa leoneseidad.

 

Ya sabe Vb., como es nuestra leoneseidad. Ya sabe Vd. que aquí cantamos: "Sin León no hubiera España.

Ya sabe Vd. que vamos de Guadalupe  a Santiago, pasando por La Peña de Francia, Moreruela, Foncebadon, miramos a Covadonga, y proseguimos por Villafranca,...

 

Ya sabe, ¡y lo sabe bién!, que la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés, del "todo SaZaLe'41", posible y hasta ciertamente llegará, ¡y en su momento!, después de que se formalice  un "Comité Negociador" { con ciudadanos regionales leoneses, representativos de la "sociedad regional leonesa"}, para entablar conversaciones con el Gobierno del Reino de España -.- que es nuestro Gobierno", con independencia de las siglas políticas que coyunturalmente lo constituyan -.-, al objeto de que este, y en atención a su "muy alta competencia legal instrumentall", en pleno y total seguimiento constitucional, promueva en las CORTES ESPAÑOLAS  el "proyecto de la Comunidad Autónoma Región Reino Leonés".

 

Es una posibilidad, que aquí planteamos, que puede ayudar tanto para este caso como para otros.

 

Si Vd. ve otro camino técnico, para cerrar, ya de forma mediata, "el grifo" y hacer que los 319 litros/s retornen, de forma natural, hacia nuestra triprovincial Región Reino Leonés, no espere a más y, de forma enteramente constitucional, ¡póngalo en marcha ya!.

 

Aquí mantenemos que `la plenitud constitucional de Vd.´, en tanto y cuanto ciudadano regional leonés (y ejerciente ciudadano español y europeo), junto a la de sus convecinos del "todo SaZaLe'41", puede ayudar, ¡y mucho!, a resolver y encauzar muchos problemas de los que tenemos planteados en las cuarenta y una Comarcas Naturales de las tres provincias leonesas (léase el "todo SaZaLe'41") y en la "diáspora regional leonesa emigrante".

 

O sea, solo y únicamente se trata, como algo normal, de aplicar la Constitución Española a la Región Reino Leonés.

 

No hablamos de otra cosa más, o sea, de aplicar la CE'1978 a una Región de la España Nación, que está constitucionalmente reconocida, como es la triprovincial Región Reino Leonés.

 

Y, ¡faltaría más!, en el ejercicio: claro, directo y nítido que está, siempre adscrito en el: completo, denso y total  seguimiento de la CE'1978 y del TL'2009.

 

 

¡¡¡ adelante leoneses !!!

 

Francisco Iglesias Carreño

Presidente PREPAL

 

VALORIO  11-7-2022

 

@PREPALSaZaLe

prepalszl@gmail.com.

 

©¤?

¡¡¡ queremos vivir aquí !!!

©¤?©¤?

¡¡¡ camina !!!

©¤?©¤?©¤?

¡¡¡con la Constitución Española en la mano!!!

©¤?©¤?©¤?

 

LEÓNICO'2021

 

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