PREPAL
Copartícipes en el "todo SaZaLe'41"
La "regionalidad leonesa" es la conformación constitucional (véase el Art.2 CE'1978), que sustenta todas y cada una de las inerciales situaciones que establecen los preceptos constituyentes en el completo ámbito integral.
En atención a ello efectuamos los siguientes considerandos:
{1°}
La conceptualización de la "regionalidad leonesa" incluye la personación concreta y explicita de todos los ciudadanos regionales leoneses, con su constitucional "identidad regional leonesa" y su "hecho diferencial regional leonés" dentro de la España Nación.
En la base geográfica integral tanto de los 38.491 km2 de extensión, como de su múltiple dimensionalidad (humana, social, antropológica, histórica, cultural, ambiental y económica), proyecciones en toda la Corona Leonesa (Extremadura; Reino Leonés; Galicia; Asturias}, el conjunto de las quince regiones constituyentes, la hermandad con Portugal, participación en el EEE (Espacio Económico Europeo) y enlaces con los espacios de leoneseidad en América, África, Asia, Oceanía y resto de Europa.
{2°}
Tenemos todos los ciudadanos regionales leoneses nuestra "regionalidad leonesa", conjuntamente a las conformaciones (1°) materiales, (2°) inmateriales y (3°) morales del completo País Leonés en la España Nación.
Actuando: (1°) tanto en el englobamiento amplio del hacer patrimonial regional leonés y (2°) como en la salvedad formal del amparo constitucional del mismo.
{3°}
Desde tal inicial postura, estamos con la ciudadanía regional leonesa implicada en la ambientación interactiva del "todo SaZaLe'41" y nuestra diáspora emigrante regional leonesa.
Instando, con plural dinámica convergente, dentro de la amplia leoneseidad en el Estado Español.
{4°}
La "regionalidad leonesa" es la expresión del "ámbito antropológico de significación" del País Leonés, donde acontece en todo momento la acción convivencial interactiva del conjunto de toda la sociedad regional leonesa.
El "ámbito antropológico de significación" de nuestra "regionalidad leonesa" es de categoría pre-constitucional y asido a su bi-constitucionalización.
{5°}
Nuestras cuarenta y una Comarcas Naturales, están: (1°) al hacer diario ambiental/emocional y (2°) al constante creativo/productivo que genera las plusvalías añadidas que son garantistas para la prevalencia de nuestra Región Reino Leonés.
En la atención de la practicidad diaria del "todo SaZaLe'41" y su plural utilidad.
{6°}
No debemos olvidar que nuestra "regionalidad leonesa" es el enlace, desde la data del día 6-12-1878 del Referéndum Constitucional, que nos incluye a todos los efectos (valores, derechos y deberes) legales y jurídicos en la España Nación y lo hace de forma/modo/manera constitucional.
Somos la "regionalidad leonesa" por el acatamiento expreso de la Constitución Española y a todos sus efectos.
{7°}
No debemos olvidar que la "regionalidad leonesa" nos entrelaza, desde nuestro propio ser y estar, con toda la sociedad regional leonesa y de forma activa, solidariamente dentro del conjunto constitucional de las quince regiones españolas.
Conformamos fraternalmente (véase el Preámbulo de la CE'1978), los constitucionales quince pueblos regionales españoles.
No solo tenemos que esperar, en la constituyente "regionalidad leonesa", a que los preceptos constitucionales se cumplan, también debemos caminar, en el Estado Español de la España Nación, para cumplimentar su logro.
¡¡¡ adelante leoneses !!!
Francisco Iglesias Carreño
Presidente PREPAL
VALORIO 24-11-2021
@PREPALSaZaLe
prepalszl@gmail.com
©¤?
¡¡¡ con la Constitución Española en la mano !!!
LEÓNICO'2021
La "regionalidad leonesa" es la conformación constitucional (véase el Art.2 CE'1978), que sustenta todas y cada una de las inerciales situaciones que establecen los preceptos constituyentes en el completo ámbito integral.
En atención a ello efectuamos los siguientes considerandos:
{1°}
La conceptualización de la "regionalidad leonesa" incluye la personación concreta y explicita de todos los ciudadanos regionales leoneses, con su constitucional "identidad regional leonesa" y su "hecho diferencial regional leonés" dentro de la España Nación.
En la base geográfica integral tanto de los 38.491 km2 de extensión, como de su múltiple dimensionalidad (humana, social, antropológica, histórica, cultural, ambiental y económica), proyecciones en toda la Corona Leonesa (Extremadura; Reino Leonés; Galicia; Asturias}, el conjunto de las quince regiones constituyentes, la hermandad con Portugal, participación en el EEE (Espacio Económico Europeo) y enlaces con los espacios de leoneseidad en América, África, Asia, Oceanía y resto de Europa.
{2°}
Tenemos todos los ciudadanos regionales leoneses nuestra "regionalidad leonesa", conjuntamente a las conformaciones (1°) materiales, (2°) inmateriales y (3°) morales del completo País Leonés en la España Nación.
Actuando: (1°) tanto en el englobamiento amplio del hacer patrimonial regional leonés y (2°) como en la salvedad formal del amparo constitucional del mismo.
{3°}
Desde tal inicial postura, estamos con la ciudadanía regional leonesa implicada en la ambientación interactiva del "todo SaZaLe'41" y nuestra diáspora emigrante regional leonesa.
Instando, con plural dinámica convergente, dentro de la amplia leoneseidad en el Estado Español.
{4°}
La "regionalidad leonesa" es la expresión del "ámbito antropológico de significación" del País Leonés, donde acontece en todo momento la acción convivencial interactiva del conjunto de toda la sociedad regional leonesa.
El "ámbito antropológico de significación" de nuestra "regionalidad leonesa" es de categoría pre-constitucional y asido a su bi-constitucionalización.
{5°}
Nuestras cuarenta y una Comarcas Naturales, están: (1°) al hacer diario ambiental/emocional y (2°) al constante creativo/productivo que genera las plusvalías añadidas que son garantistas para la prevalencia de nuestra Región Reino Leonés.
En la atención de la practicidad diaria del "todo SaZaLe'41" y su plural utilidad.
{6°}
No debemos olvidar que nuestra "regionalidad leonesa" es el enlace, desde la data del día 6-12-1878 del Referéndum Constitucional, que nos incluye a todos los efectos (valores, derechos y deberes) legales y jurídicos en la España Nación y lo hace de forma/modo/manera constitucional.
Somos la "regionalidad leonesa" por el acatamiento expreso de la Constitución Española y a todos sus efectos.
{7°}
No debemos olvidar que la "regionalidad leonesa" nos entrelaza, desde nuestro propio ser y estar, con toda la sociedad regional leonesa y de forma activa, solidariamente dentro del conjunto constitucional de las quince regiones españolas.
Conformamos fraternalmente (véase el Preámbulo de la CE'1978), los constitucionales quince pueblos regionales españoles.
No solo tenemos que esperar, en la constituyente "regionalidad leonesa", a que los preceptos constitucionales se cumplan, también debemos caminar, en el Estado Español de la España Nación, para cumplimentar su logro.
¡¡¡ adelante leoneses !!!
Francisco Iglesias Carreño
Presidente PREPAL
VALORIO 24-11-2021
@PREPALSaZaLe
prepalszl@gmail.com
©¤?
¡¡¡ con la Constitución Española en la mano !!!
LEÓNICO'2021























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