Sábado, 22 de Noviembre de 2025

Francisco Iglesias Carreño
Miércoles, 23 de Febrero de 2022
PREPAL

¿Del Estatuto Impuesto al Estatuto Participado?

[Img #62620]Estamos en el momento, de nuestro día a día, donde nuestra cotidianeidad debe ser el fiel reflejo del ambiente normal  de nuestro derredor y no, ¡ y nunca!, un artificial enmascaramiento esnobista fabricado en la foraneidad de un dictado tinglado.

 

Desde tal preambular comienzo, postulamos los siguientes considerandos:

 

{1°}

El artificial constructor híbrido que se ha montado -.- con la descomunal base física de 94.226 km2 de extensión -.-, en la subsiguiente aplicación de "la ceremonia de la confusión", debe ser des-construido por el directo protagonismo del propio vigor activo del texto constitucional del 6-12-1978 en la vigencia de los valores, derechos y deberes del constitucional pueblo regional leonés.

 

{2°}

En ese "obligado paso cívico regional leonés" de ir reponiendo hacia atras en busca de la autoctonía compartida de la leoneseidad regional, consideramos que debemos actuar, amplia y convergentemente, con iniciativas parejas, todos los ciudadanos regionales leoneses y hacerlo de forma enteramente mancomunada.

 

{3°}

Todo artificio instrumentado, que obstaculice la directa relación de la "triprovincial regionalidad leonesa"(con sus 38.491 km2), dentro de nuestra España Nación ( y por ende, en el cumplimento constituyente del Estado Español), en plena igualdad dentro del conjunto de las quince  regiones españolas, debe ser estimado como: (1°) obsoleto, (2°) caduco y (3°) prescindible.

 

{4°}

La primera referenciabilidad estimable y posible a seguir, está en la consideración de la "equipotencialidad regional homologable" de vecindad antropológica, que es de índole umbral básico, dentro de la propia

cuatri-regional Corona Leonesa {Extremadura, Reino Leonés, Galicia, Asturias}.

 

{5°}

Tenemos que recuperar, empezando de ya, y con la Constitución Española en la mano, los valores propios de: (1°) la "identidad regional leonesa" y  (2°) el "hecho diferencial de la Región Reino Leonés" en todas y cada una de las Casas Regionales Leonesas del exterior del Estado Español,  así como las que están establecidas en las otras restantes catorce regiones españolas de la España Nación ( por pura aplicación directa del Artículo 2 del texto constitucional).

 

{6°}

Colaboremos funcionalmente, en la "acción cívica regional leonesa", a nivel de todo el País Leonés, tanto dentro de la propia Región Reino Leonés como en la diáspora emigrante regional leonesa, para un acompasado proceder regenerador y recuperante del mismo.

 

{7°}

Estemos por la necesaria plasmación convivencial del "factor humano regional leonés", como necesario baluarte, a todos los niveles, de nuestro alícuoto compromiso democrático con la Constitución Española y en la anhelada espera del próximo y propio Estatuto Comunidad Autónoma Región Reino Leonés.

 

Desde tales informantes bases epilogámos:

 

La "normalidad convivencial regional leonesa", hace de todos y cada uno de los ciudadanos regionales leoneses protagonistas directos, en nuestra propia constitucional Región Reino Leonés, del ya anunciado "Anteproyecto Estatuto Comunidad Autónoma Región Reino Leonés" (del 28-1-2022) que, de forma lógica y democrática, será participado de la voluntariedad expresa en las tres circunscripciones electorales leonesas (Salamanca, Zamora y León)

 

Ser regionalmente leoneses, desde el foco iluminador proyectivo del "todo SaZaLe'41", es ser constitucionalmente nosotros mismos o sea ser cumplidores, ¡y a  plenitud!, de la Constitución Española y como tales, por ende,  intervinientes propios en el Estado Español y la Unión Europea

 

¡¡¡ adelante leoneses !!!

¡¡¡ con la Constitución Española en la mano !!!

 

Francisco Iglesias Carreño

Presidente PREPAL

 

VALORIO 21-2-2022

 

@PREPALSaZaLe

 

prepalszl@gmail.com

 

©¤?

 

LEONESISMO'2022

 

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