Francisco Iglesias Carreño
Viernes, 15 de Julio de 2022
PREPAL

Ahora ya sabemos

[Img #67890]Situándonos en el umbral constitucional de la data del 6-12-1978, que a todos los ciudadanos españoles nos alcanza, en las previas quince regiones españolas [del momento votacional del Referéndum Constitucional], todas ellas integradas en la Nación Española por su democrática voluntad, debemos efectuar el obligado -¡y necesario!, contraste comparativo entre sus quince partes alícuotas.

Ya no se trata tan sólo, ¡única y exclusivamente!, de recalcar el mantenimiento del "modelo bi-constitucional" [-.- que con amplia evidencia enlaza la "CE'1931"con la CE'1978"-.- ] en once regiones españolas y el decaimiento, tanto inducido como impulsado, en otras cuatro tambien regiones españolas, están también todos aquellos aspectos que interaccionan con los derechos integrales ( -.- venimos en ello desde el año 1945  y moralmente desde los inicios del cristianismo y en la secuela de la civilización  griega -.- ) de los ya no tan solo teóricamente afectados o sea: cada ciudadano español ( ya también en su consideración de ciudadano europeo) que es constitucional ciudadano regional ( por tanto, segú  el Preámbulo de la "CE'1978"  miembro de un Constitucional Pueblo Regional Español {CPRE}).

Todo lo cual del  preámbulo antecedente, nos lleva, y otra vez, sobre aquellas consideraciones del año 2000.

En atención  a lo precedente y en la consideración valorativa general, postulamos:

{1°}
Ahora ya sabemos, que el impedir (¿?) la Comunidad Autónoma de la tri provincial Región Reino Leonés fue algo más que un error político.

Este error político se genera, en la decisoria madrileñalizada imperativa de cuatro grupos, sin contar con la anuencia de los constitucionales ciudadanos regionales leoneses.

Es un error politico que actúa en :

1°) La ocultación de la constitucional tri provincial Región Reino Leonés en toda su extensión 38.491 km(2).
2°) La negación de la constitucional "identidad regional leonesa" en el "todo SaZaLe'41".
3°) La anulación del constitucional "hecho diferencial regional leonés" extendido en todo el País Leonés.

De ahí nuestra propuesta. del día 28-1-2022, en la XXVIII AG PREPAL, al proponer un Anteproyecto Estatuto Comunidad Autónoma Región Reino Leonés.

{2°}
Ahora ya sabemos, que el impedir (¿? ) la Comunidad Autónoma de la tri provincial Región Reino Leonés fue algo más que un horror social.

Este horror social se genera, en las articuladas directrices jerarquizadas radiales, de tales cuatro grupos, que obvian los derechos humanos inherentes a todos y cada uno de los ciudadanos regionales leoneses y la propia condición social de los mismos.

Es un horror social que actúa en:

1°) La instrucción de los niveles educativos reglados de enseñanza que ignoran el integral hecho regional leonés.
2°) La modelización de las interacciones humanas asociativas por todo el País Leonés.
3°) La distribución transversalizada de los pozos de empleo en el "todo SaZaLe'41".

De ahí nuestra propuesta. del día 28-1-2022, en la XXVIII AG PREPAL, al proponer un Anteproyecto Estatuto Comunidad Autónoma Región Reino Leonés.

{3°}
Ahora ya sabemos, que el impedir (¿?) la Comunidad Autónoma de la tri provincial Región Reino Leonés fue algo más que un terror económico.

Este terror económico se genera, en la deslocalización instada, desde la guía madrileñalizada de los cuatro grupos, de los futuros laborales integrales hacia la tangentibilidad de los espacios circundantes del este geográfico.

Es un terror económico que actúa en:

1°) La desmantelación industrial acelerada en el "todo SaZaLe'41" y su directa acción en el PIB de toda la tri provincial Región Reino Leonés.
2°) La eliminación física de estructuras viarias vertebradoras entre las tres provincias leonesas, con toda la Corona Leonesa y con Beira y Tras Os Montes.
3°) La descapitalización inducida, en toda la tri provincial Región Reino Leonés, sobre los fondos  proveídos por los propios ciudadanos regionales leoneses.

De ahí nuestra propuesta. del día 28-1-2022, en la XXVIII AG PREPAL, al proponer un Anteproyecto Estatuto Comunidad Autónoma Región Reino Leonés.

Es que sea más que obvia la no aplicación aquí, en el "todo SaZaLe'41" del Art. 130 de la "CE'1978" no es solo, con serlo, el dibujo de una situación que es real y tangible, está también el amuermamiento generalizado -.- en las tres provincias regionales leonesas: Salamanca, Zamora y León -.-, trasvasado hacia las iniciativas propias de cada ciudadano regional leonés que, tras las ínfulas centralizadas desde 1833, le hace ser completamente dependientes, en organismos sucursalizados, de posibles y estocásticas imaginarias acciones foráneas que actúan en detrimento de sus propias realizaciones.

"El ya sabemos", debe ser con toda Constitución Española en la mano. ejercientemente activa por el "todo SaZaLe'41" y no, ¡y nunca!, reediciones del cautivismo integral del Siglo XIX o de programas, ya periclitados, del primer cuarto del Siglo XX.

"El ya sabemos", debe ser en la plena libertad constitucional  de todos y cada uno de los ciudadanos regionales leoneses ( que si somos ciudadanos españoles y, lo que se está olvidando, ciudadanos europeos).

"El ya sabemos" viene del ayer, donde aún contábamos con gente, pero ahora estamos en un hoy y lo estamos sin perspectiva alguna en el "todo SaZaLe'41", por los acuerdos madrileñalizados de 1981, con visos graves de auténtica catástrofe para un imaginario futuro.

"El ya sabemos", ¡guste o no guste!, somos nosotros: los ciudadanos regionales leoneses, todos y cada uno de nosotros y por todo el País Leonés.

¡¡¡ adelante leoneses !!!

Francisco Iglesias Carreño
Presidente PREPAL

VALORIO 15-7'-2022

@PREPALSaZaLe

prepalszl@gmail.com

¡¡¡ queremos vivir aquí !!!
¡¡¡ con la Constitución Española en la mano !!!
¡¡¡ camina !!!

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LEONESISMO'2022
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