Jueves, 13 de Noviembre de 2025

Balbino Lozano
Domingo, 09 de Octubre de 2022
HISTORIA

Bula para comer carne

Se suele decir que la fe mueve montañas en torno a las creencias en que se mueve sin duda la humanidad. En los años de la primera mitad del siglo XVIII salían anualmente rogativas con las santas imágenes de la Hiniesta y del Viso por el mal estado en que se encontraban los sembrados y la escasez de hierba por la pertinaz sequía.

De 1715 a 1742, con ligeras oscilaciones, los precios se mantuvieron para la torta de pan de trigo de cuatro libras, a 6 cuartos; la libra de vaca a 7 cuartos, a 9 cuartos la libra de carnero y a 6 la de macho cabrío.   Como de carnes se trataba, el Ayuntamiento, pretendiendo obtener mayores ingresos públicos, solicitó a SS el Papa, en 1725 que consintiera la venta de cuartos delanteros de vaca y carnero  los sábados para evitar cometer pecado mortal contraviniendo la prohibición de comer carne en estos días; pero la solicitud fue denegada.


Eran tempos en los que estaba vigente la Bula de la Santa Cruzada, aquella por la que se concedían a los españoles privilegios, gracias e indultos a cambio de una aportación económica que, en un principio, se dedicaba a los gastos que causaba la guerra contra los infieles, pero que más adelante llegó a emplearse para el mantenimiento del culto y las obras de caridad.


Siempre con carácter voluntario, la bula  siguió otorgándose hasta mediados del siglo XX, aunque últimamente su producto se destinaba solo a las necesidades de la Iglesia.

 

Históricamente,  en vísperas de hacer la guerra a los moros, el Papa dio pleno poder a los eclesiásticos, para dar la absolución plenaria en artículo de muerte a todos los que habiendo estado en esta guerra pagasen la cantidad de 200 maravedíes y tuviesen alguna ligera contrición.  También fijó una suma, mediante la cual las almas del Purgatorio podían salir de él para el eterno descanso. La concesión fue dada por cuatro años, en los cuales rindió cuatrocientos mil ducados, de los que una parte fue empleada según la intención del Papa Sixto IV  y ordenó que pagase la Iglesia cien mil ducados a Fernando el Católico para las Guerras de Granada, acordándose asimismo el privilegio de hacer predicar la Bula de la Santa Cruzada durante tres años.  Después de aquel tiempo los papas han renovados esta bula de tres en tres años en favor de los reyes de España.


La Bula es, por lo tanto, un instrumento que se fundamenta en el poder del Papa.  Puede incluir ordenanzas, condenaciones, decretos de indulgencias o la concesión de diversos tipos de beneficios.

Balbino Lozano

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