NUESTRA HISTORIA
A vueltas con el protocolo
Las formalidades a seguir para los actos públicos y solemnes se encuentran en la actualidad reguladas por Ley. El orden de prelación entre los asistentes a un acto está regulado por normas que establecen el orden de jerarquías por razones de cargo o categoría, suele haber en actos de cierta importancia un jefe de protocolo que asigna los sitios adecuados para autoridades, personalidades e invitados.
Antaño, esto de guardar el PROTOCOLO no debía estar muy claro, a juzgar por el comentario sobre hechos acaecidos en febrero de 1608; comentaba la prensa de 1º de febrero de 1916 (hace cien años): “ Los regidores querían sostener la autoridad y el prestigio de la corporación y como eran muy quisquillosos, meticulosos y empalagosos los señores de aquella época sus impertinencias originaron choques y competencias con el Cabildo Catedral, no menos empalagoso, meticuloso y quisquilloso que los regidores. Porque en la Fiesta de San Ildefonso hallaron al provisor del obispado sentado en una silla de dos espaldares en la capilla mayor, en lugar preeminente y superior al de la ciudad, tomáronle por novedad notoria y desacato y escándalo y se largaron con el cuento al Rey y su consejo.
Tantas molestias causaron al Rey, que harto de sufrirlas, tal día como hoy hace trescientos ocho años firmó una escritura de concordia estipulando la forma y ceremonial que había de observarse en las iglesias y en las procesiones, con una cláusula en la que se hacía constar que ninguna persona eclesiástica podría sentarse en sitios delante ni a los lados, sino detrás del banco del Corregidor. La historia también nos dice cómo asistían a las procesiones los señores que formaban el Ayuntamiento en aquella época. Iban en Corporación con varas de justicia y el traje negro, acordado para todo el Ayuntamiento ordinario – el nuestro de hoy no lo puede ser más – y eran multados fuertemente los que faltaban a la citación. Lo mejor de esto era que la multa se hacía efectiva y se repartía su importe entre los asistentes. Este hecho histórico de vestimenta y multas se separa algo del asunto que queríamos señalar; pero lo dejamos consignado por si nuestros ediles quieren aprovechar la originalidad de la idea para de esa forma convencer a los concejales que están obligados a acudir cuando se les cita”
Esto lo decía el comentarista del periódico HERALDO DE ZAMORA que recordaba este desencuentro entre la Corporación municipal y el Cabildo Catedralicio, que más bien parece una anécdota con tinte humorístico; pero, en la actualidad, ocurren cosas que, a pesar de existir normas de comportamiento y presentación en actos públicos, originan comentarios sobre asistir en mangas de camisa o sin corbata, por ejemplo. La democracia da para eso y más.
Balbino Lozano
Las formalidades a seguir para los actos públicos y solemnes se encuentran en la actualidad reguladas por Ley. El orden de prelación entre los asistentes a un acto está regulado por normas que establecen el orden de jerarquías por razones de cargo o categoría, suele haber en actos de cierta importancia un jefe de protocolo que asigna los sitios adecuados para autoridades, personalidades e invitados.
Antaño, esto de guardar el PROTOCOLO no debía estar muy claro, a juzgar por el comentario sobre hechos acaecidos en febrero de 1608; comentaba la prensa de 1º de febrero de 1916 (hace cien años): “ Los regidores querían sostener la autoridad y el prestigio de la corporación y como eran muy quisquillosos, meticulosos y empalagosos los señores de aquella época sus impertinencias originaron choques y competencias con el Cabildo Catedral, no menos empalagoso, meticuloso y quisquilloso que los regidores. Porque en la Fiesta de San Ildefonso hallaron al provisor del obispado sentado en una silla de dos espaldares en la capilla mayor, en lugar preeminente y superior al de la ciudad, tomáronle por novedad notoria y desacato y escándalo y se largaron con el cuento al Rey y su consejo.
Tantas molestias causaron al Rey, que harto de sufrirlas, tal día como hoy hace trescientos ocho años firmó una escritura de concordia estipulando la forma y ceremonial que había de observarse en las iglesias y en las procesiones, con una cláusula en la que se hacía constar que ninguna persona eclesiástica podría sentarse en sitios delante ni a los lados, sino detrás del banco del Corregidor. La historia también nos dice cómo asistían a las procesiones los señores que formaban el Ayuntamiento en aquella época. Iban en Corporación con varas de justicia y el traje negro, acordado para todo el Ayuntamiento ordinario – el nuestro de hoy no lo puede ser más – y eran multados fuertemente los que faltaban a la citación. Lo mejor de esto era que la multa se hacía efectiva y se repartía su importe entre los asistentes. Este hecho histórico de vestimenta y multas se separa algo del asunto que queríamos señalar; pero lo dejamos consignado por si nuestros ediles quieren aprovechar la originalidad de la idea para de esa forma convencer a los concejales que están obligados a acudir cuando se les cita”
Esto lo decía el comentarista del periódico HERALDO DE ZAMORA que recordaba este desencuentro entre la Corporación municipal y el Cabildo Catedralicio, que más bien parece una anécdota con tinte humorístico; pero, en la actualidad, ocurren cosas que, a pesar de existir normas de comportamiento y presentación en actos públicos, originan comentarios sobre asistir en mangas de camisa o sin corbata, por ejemplo. La democracia da para eso y más.
Balbino Lozano
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