PSOE de Zamora
Jueves, 26 de Octubre de 2023
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Segundo día de recuerdo de las victimas del golpe militar y la dictadura

El PSOE de Zamora pone en valor las fechas de conmemoración recogidas en la nueva Ley de Memoria Democrática publicada en el BOE de 20 de Octubre de 2.022

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Con motivo de la conmemoración, el próximo 31 de Octubre de 2.023 del segundo Día de Recuerdo y Homenaje a todas las víctimas del golpe militar, la guerra y la dictadura, que se celebra por segundo año tras la aprobación de la Ley de Memoria Democrática, el PSOE de Zamora, señala:


El Título I de Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 20 Octubre, señala:


Artículo 7. Día de recuerdo y homenaje a todas las víctimas. Se declara el día 31 de octubre de cada año como día de recuerdo y homenaje a todas las víctimas del golpe militar, la Guerra y la Dictadura.


Artículo 8. Día de homenaje a las víctimas del exilio. Se declara el día 8 de mayo de cada año como día de recuerdo y homenaje a los hombres y mujeres que sufrieron el exilio como consecuencia de la Guerra y la Dictadura.


La aprobación definitiva de la Ley de Memoria Democrática y publicación en el BOE supone una gran noticia para la Democracia y la Libertad y, en aplicación de la misma, el recuerdo y homenaje a las víctimas el día 31 de Octubre.


El PSOE de Zamora ha querido subrayar en esta fecha del 31 de Octubre los principales objetivos de la Ley de Memoria Democrática.


En primer lugar, la recuperación, salvaguarda y difusión de la memoria democrática, entendida ésta como conocimiento de la reivindicación y defensa de los valores democráticos y los derechos y libertades fundamentales a lo largo de la historia contemporánea de España, con el fin de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones en torno a los principios, valores y libertades constitucionales.


En segundo lugar el reconocimiento de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, de pensamiento u opinión, de conciencia o creencia religiosa, de orientación e identidad sexual, durante el período comprendido entre el golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la Guerra de España y la Dictadura franquista hasta la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978, así como promover su reparación moral y la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva, adoptar medidas complementarias destinadas a suprimir elementos de división entre la ciudadanía y promover lazos de unión en torno a los valores, principios y derechos constitucionales.


En tercer lugar, repudiar y condena el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y la posterior dictadura franquista, en afirmación de los principios y valores democráticos y la dignidad de las víctimas. Se declara ilegal el régimen surgido de la contienda militar iniciada con dicho golpe militar y que, como consecuencia de las luchas de los movimientos sociales antifranquistas y de diferentes actores políticos, fue sustituido con la proclamación de un Estado Social y Democrático de Derecho a la entrada en vigor de la Constitución el 29 de diciembre de 1978, tras la Transición democrática.

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