Miércoles, 12 de Noviembre de 2025

Alfonso J. Vázquez Vaamonde
Domingo, 07 de Julio de 2024
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León: una autonomía histórica

Alfonso J. Vázquez Vaamonde

Fue sorprendente crear algunas comunidades autónomas uniprovinciales como las de Santander, La Rioja y Murcia, la de Navarra tenía una clara continuidad histórica, pero se le negara a León con sus tres provincias. Emerge de nuevo la reivindicación de creación de la comunidad leonesa (León, Zamora y Salamanca). Fundamento histórico y sociológico le sobra, algo de que carecen otras comunidades.

 

Se alega que León ha “perdido su identidad histórica” cuando se lo apropió Fernando III de Castilla al que su padre, Alfonso IX de León, nunca designara heredero, previa amenaza a sus hermanastras. Parte de aquel Reino de León eran Galicia y Asturias, pero también Extremadura, algo que casi todo el mundo ignora. Alfonso IX conquistó Cáceres en 1229 y en 1230 conquistó Mérida, Badajoz, Elvas (ésta es hoy portuguesa) y Baldala (hoy Talavera la Real); y Montánchez que se la entregó a la Orden de Santiago. Es incoherente que Galicia, Asturias y Extremadura sean tres autonomías, que la Rioja y Santander se hayan creado “ex novó” y se le prohíba serlo a León (León, Zamora y Salamanca).

 

Imagínese qué hubiera pasado si alguna vez las tres provincias vascas, meros señoríos, unas veces parte del reino de Navarra y otras del de Castilla hubieran sido un reino; o si las cuatro provincias catalanas, sólo fueron una federación de condados feudales de Francia o, finalmente, parte del Reino de Aragón. Nadie les discutiría el derecho que se les niega a los leoneses. Y, no lo olvidemos ningún leonés, zamorano o salmantino dice que es castellanos, no digamos ya los bercianos; muchos de ellos se sienten más gallegos que leoneses,;¡no digamos que castellanos!

 

En el S. XX el Tribunal de Garantías Constitucionales de la República reconoció a León Zamora y Salamanca como una región independiente tal como había sido admitida en 1833. No así a Santander, que fue siempre parte de Castilla como Logroño; como Madrid, villa manchega, lo fue de “Castilla la nueva", hoy Castilla la Mancha. Y no olvidemos que en el Proyecto de la Constitución Federal de 1873 Andalucía tiene el precedente de su división en dos regiones.

 

El mayor coste de una nueva autonomía provincial no se alegó para rechazar Santander, La Rioja y Murcia. Y carece de valor el argumento de que bastantes problemas tiene León con la sanidad, educación y obras públicas como para añadir los de creación de una Autonomía. Si se ve al revés quizá desaparecerían esos problemas con un autogobierno más próximo

 

En cuanto al argumento de la baja densidad de Población, es también otro intento de justificar lo injustificable: a media de las tres provincias es 24,5 personas/km2. La media de Castilla La Mancha es de 25,8 la de Extremadura es de 26,4, la de Castilla León es de 27,1 y la de Aragón, que es de 27,8 son equivalentes.  La situación provincial es aún más favorable: Teruel (9,8), Cuenca (12,4), Huesca (14,1), Soria (15.2), Guadalajara (18,4), Zamora (18,6), Cáceres (20,6), Ávila (20,9), Palencia (21,4), Segovia (23,1), Salamanca (27,1), León (25,7) Badajoz (27,4)

 

En 1979 los socialistas apoyaron que León era una región “sentida y querida por sus habitantes” y “viable y conveniente” desde un punto de vista económico. En su Congreso del PSOE de 1978 se incluyó la bandera de León. Un sondeo previo a la decisión sobre qué regiones debían constituirse en autonomías el 50,7% de los consistorios apoyó el derecho de León. En 1980 el Comité político y ejecutivo de UCD y el Congreso Provincial del PSOE cambiaron de opinión y el 16.04.1980, PCE, UCD y PSOE ratificaron la integración de León y Castilla en un pleno de la Diputación de León.  53 senadores, casi todos de Alianza Popular, protestaron ante el TC.

 

Las manifestaciones no interrumpieron el proceso. La STC 89/1984 no negó el derecho a constituirse en Autonomía conjunta a León y Castilla (excluida Santander) (art. 2 y 143 CE78) al decir que la propuesta de una Autonomía conjunta no incurría en defecto de nulidad. Eso implica poder replantear la división de la actual autonomía sobre la que la CE78 no dice nada.

 

La transitoria cuarta sólo permite a Navarra y el País vasco crear una autonomía, pero la CE78 no dice nada sobre la división de las autonomías. El Principio General de Derecho que establece que “todo lo no prohibido está permitido” apoya esa interpretación conforme a los art. 1.1 y 3.1 CC.  Lo prohibido seria que luego de separarse pudieran volver a unirse. Pero recordemos: lo único que no sirve para nada es lo que no se intenta.

 

Abogado. - Doctor en Química Industrial. - Secretario General “Centro de Estudios Ateneos”.

 

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