Domingo, 02 de Noviembre de 2025

UCCL
Lunes, 02 de Septiembre de 2024
PREVENCIÓN

UCCL exige que se autorice la quema de rastrojos como medida fitosanitaria, como en otras comunidades

La Comunidad Autónoma es la autoridad competente para autorizar la realización esta práctica que permite la eliminación de organismos nocivos

Esta práctica agronómica tiene un carácter preventivo de cara a cosechas futuras, garantizando de este modo la menor utilización de otros productos que cada vez son menos eficientes debido a la resistencia de los agentes nocivos y a la prohibición de uso de numerosos principios activos. “Los agricultores no tenemos ya herramientas para combatir las plagas” señalan desde la Organización

 

La Unión de Campesinos de Castilla y León ha solicitado a la Consejería de Agricultura, que al igual que ha hecho su homóloga extremeña, autorice la quema la quema de rastrojos como medida fitosanitaria, basándose en la Circular de Coordinación 37/2024 del FEGA sobre aplicación de la BCAM 3 publicada el 1 de agosto que establece que la prohibición de no quemar rastrojos de cosechas de cultivos herbáceos es obligatoria para todas las explotaciones, independientemente de su tamaño, salvo que, por razones fitosanitarias, la quema esté autorizada por la autoridad competente, que deberá motivar las razones por las cuales se conceden.

 

La autorización de esta medida en Castilla y León, debería comunicarse con carácter urgente, ya que las labores para la nuevas siembras comenzarán en los próximos días.

 

Lo que no tiene sentido es que en unas Comunidades Autónomas se permita esta práctica agronómica y en otras, como la nuestra, no. El agravio comparativo entre agricultores   se produce desde el momento en que unos pueden utilizar unas herramientas de control fitosanitario y otros no. Es completamente ilógico.

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