Redacción
Lunes, 21 de Abril de 2025
CARTA

La AF pide al Fiscal General que no haga propuesta de nombramiento a Fiscal de Sala

En una carta dirigida hoy al Fiscal General del Estado, la Asociación de Fiscales pide al Fiscal General que no haga propuesta alguna de nombramiento para la plaza de Fiscal de Sala de delitos contra la administración pública, con el fin de que no comprometa más la imagen de la institución, no la someta nuevamente a escarnio, poniendo en entredicho su imparcialidad y neutralidad. Mantienen que su abstención en este proceso es inevitable por lo que debe extraer del orden del día del próximo Consejo Fiscal la propuesta de nombramiento de la plaza de Fiscal de Sala de Delitos contra la Administración Pública, una necesidad que debe contribuir a la mayor credibilidad de nuestra institución.

La Asociación de Fiscales, afirma en su misiva,  que Álvaro García Ortiz tiene un interés personal en la propuesta de nombramiento  del cargo de Fiscal de Sala de Delitos contra la Administración Pública, que se hace evidente desde el punto y hora en que, por el propio contenido de la función institucional que le ha de corresponder a la persona titular de este cargo, la de coordinar la actuación y consiguiente persecución de los delitos contra la Administración Pública en todo el territorio del Estado, le corresponderá, también, en su caso, la intervención en ese procedimiento, por ser de especial trascendencia, así como la coordinación de la actuación del Ministerio Fiscal en relación con el específico proceso penal actualmente en trámite de instrucción ante la Sala Segunda contra la persona de D. Álvaro García Ortíz, que ostenta el cargo de Fiscal General del Estado, en su calidad de investigado por un delito contra la Administración Pública del art. 417 CP.

La Asociación de Fiscales considera por ello que  Álvaro García Ortiz debe abstenerse de realizar propuesta alguna de nombramiento para la indicada plaza atendiendo al principio de confianza de la ciudadanía en el funcionamiento de las instituciones democráticas y al principio de imparcialidad que sirve como presupuesto de la actuación objetiva de la administración pública.

El deber de abstención hay que enmarcarlo en el principio constitucional por el que la Administración debe servir con objetividad los intereses generales.

La Presidenta de la AF manifiesta que “es evidente que la persona que formalmente sea propuesta, puede adoptar, en el desarrollo de sus funciones, decisiones interpretativas, entre otros, del delito de revelación de secretos, en la medida en que las decisiones y opiniones que proceden de las áreas especializadas de la Fiscalía, sin constituir doctrina de la Fiscalía General del Estado, ni considerarse jurídicamente vinculantes, sirven de guía de actuación del conjunto de quienes integramos la Carrera Fiscal en atención a la especialización, la alta cualificación, rigor y auctoritas de quien asume las funciones de coordinar una materia. Sin olvidar que entre la materia que deberá atender se incluye, en principio, el delito de revelación de secretos por el que está siendo investigado el FGE”.

“Desde la necesaria neutralidad que deben mantener las instituciones no parece en modo alguno adecuado que el FGE, investigado, haga la propuesta de nombramiento de esta plaza. No resulta ni ético ni estético”, opina Cristina Dexeus

 

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