DENUNCIAS
"Pueblos con futuro" denuncia que el Ayuntamiento de Manzanal de Arriba no realiza plenos
También denuncia que en reiteradas ocasiones no ha tenido acceso a la información antes de los plenos y ha puesto en conocimiento de este hecho a la Comisión de Transparencia de Castilla y León.
Han pasado ya casi seis meses desde el último pleno ordinario y el ayuntamiento de esta localidad sigue sin convocar el siguiente, sobrepasando al menos en un mes el límite legal acordado por estatutos. Esto significa una vulneración del derecho fundamental de los concejales a participar en los asuntos públicos, derecho que no solo afecta al propio cargo, sino también a su ejercicio pleno y sin obstáculos, especialmente en lo referente a la fiscalización y control de la acción de gobierno.
Ante esta situación, el secretario del ayuntamiento debería advertir a la alcaldía sobre la obligación de convocar las sesiones ordinarias tal como han sido fijadas y, en caso de incumplimiento, debería dejar constancia mediante diligencia de este hecho.
El retraso en la celebración de plenos ordinarios, según la concejala, podría estar relacionado con la respuesta que el alcalde se comprometió a dar sobre el bar El lobo feroz, alargando premeditadamente la retirada de la prohibición de ejercer la actividad empresarial en el citado establecimiento.
Pero lo más grave, según la concejala, no es ya que no se celebren plenos ordinarios y que esto afecte a determinados vecinos, que han tenido que pleitear para recuperar sus derechos, sino el hecho de que se celebren en su lugar plenos extraordinarios donde no hay posibilidad de realizar ruegos y preguntas, pervirtiendo, de este modo, el sentido democrático de la institución municipal.
Por otra parte, la concejala ha solicitado la nulidad del último pleno extraordinario mediante recurso de oficio. Se pide la nulidad de dos puntos: el primero referido a la contratación a dedo a Duero-Douro de la instalación de placas solares en tejados con capacidad de almacenamiento, mediante una ayuda que concede para este fin la UE. Se da la circunstancia que la beneficiaria final de esta adjudicación es la empresa EfiDuero donde trabaja como interventor el secretario del ayuntamiento.
Para la concejala, esto podría entrar dentro de un inadmisible conflicto de intereses, al margen de la legalidad de la operación, quedando en entredicho, además, la compatibilidad entre dos puestos de trabajo, uno como funcionario público y otro como directivo empresarial.
En esta operación, además, el ayuntamiento solo recibiría un 20 por ciento de la energía producida, frente a un 100 por 100 que podría recibir de tramitar la ayuda el ayuntamiento por sus propios medios, un asunto que también podría ser susceptible de considerarse ilegal. En el pleno, el secretario alegó que no pedía la subvención de esta manera por falta de tiempo.
El segundo punto sobre el que se pide la nulidad es el pago de unas facturas fuera de presupuesto referentes a analíticas de agua, al considerar la concejala que no existe información sobre el contenido del servicio prestado y sobre si estas facturas son o no aceptables dentro de los precios de mercado.
En relación a la falta de información, la concejala denuncia que los plenos se celebran sin que, con tiempo y de manera clara, los concejalas reciban información sobre los asuntos a tratar, y pone como ejemplo que en el último pleno extraordinario, la concesión de tejados públicos se realizó dentro de un punto destinado a cesión de locales públicos a asociaciones sin ánimo de lucro.
Ana Porcel, concejala.
Han pasado ya casi seis meses desde el último pleno ordinario y el ayuntamiento de esta localidad sigue sin convocar el siguiente, sobrepasando al menos en un mes el límite legal acordado por estatutos. Esto significa una vulneración del derecho fundamental de los concejales a participar en los asuntos públicos, derecho que no solo afecta al propio cargo, sino también a su ejercicio pleno y sin obstáculos, especialmente en lo referente a la fiscalización y control de la acción de gobierno.
Ante esta situación, el secretario del ayuntamiento debería advertir a la alcaldía sobre la obligación de convocar las sesiones ordinarias tal como han sido fijadas y, en caso de incumplimiento, debería dejar constancia mediante diligencia de este hecho.
El retraso en la celebración de plenos ordinarios, según la concejala, podría estar relacionado con la respuesta que el alcalde se comprometió a dar sobre el bar El lobo feroz, alargando premeditadamente la retirada de la prohibición de ejercer la actividad empresarial en el citado establecimiento.
Pero lo más grave, según la concejala, no es ya que no se celebren plenos ordinarios y que esto afecte a determinados vecinos, que han tenido que pleitear para recuperar sus derechos, sino el hecho de que se celebren en su lugar plenos extraordinarios donde no hay posibilidad de realizar ruegos y preguntas, pervirtiendo, de este modo, el sentido democrático de la institución municipal.
Por otra parte, la concejala ha solicitado la nulidad del último pleno extraordinario mediante recurso de oficio. Se pide la nulidad de dos puntos: el primero referido a la contratación a dedo a Duero-Douro de la instalación de placas solares en tejados con capacidad de almacenamiento, mediante una ayuda que concede para este fin la UE. Se da la circunstancia que la beneficiaria final de esta adjudicación es la empresa EfiDuero donde trabaja como interventor el secretario del ayuntamiento.
Para la concejala, esto podría entrar dentro de un inadmisible conflicto de intereses, al margen de la legalidad de la operación, quedando en entredicho, además, la compatibilidad entre dos puestos de trabajo, uno como funcionario público y otro como directivo empresarial.
En esta operación, además, el ayuntamiento solo recibiría un 20 por ciento de la energía producida, frente a un 100 por 100 que podría recibir de tramitar la ayuda el ayuntamiento por sus propios medios, un asunto que también podría ser susceptible de considerarse ilegal. En el pleno, el secretario alegó que no pedía la subvención de esta manera por falta de tiempo.
El segundo punto sobre el que se pide la nulidad es el pago de unas facturas fuera de presupuesto referentes a analíticas de agua, al considerar la concejala que no existe información sobre el contenido del servicio prestado y sobre si estas facturas son o no aceptables dentro de los precios de mercado.
En relación a la falta de información, la concejala denuncia que los plenos se celebran sin que, con tiempo y de manera clara, los concejalas reciban información sobre los asuntos a tratar, y pone como ejemplo que en el último pleno extraordinario, la concesión de tejados públicos se realizó dentro de un punto destinado a cesión de locales públicos a asociaciones sin ánimo de lucro.
Ana Porcel, concejala.




















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