NUESTRA HISTORIA
Regionalidades & Parlamentarios: 1977
Francisco Iglesias Carreño
Del Instituto de Estudios Zamoranos Florián D´Ocampo
Parece que, cuasi de forma impulsada y hasta vectoriazada, tratar de encuadrar, y hacerlo ahora, tras el tiempo transcurrido de 49 años, las `elecciones generales´ del año 1977 (en lo que fueron parte electa abierta de las mismas), con lo que se ha escrito por muchos investigadores/eruditos/especialistas sobre tal materia, instándose aquí desde una acción lectora meramente ciudadana y sin otra pretensión en situación que remarcamos, así en apariencia lo asoma, traen toda la impronta compleja de la autoasunción que unos/otros/demás hacemos del ubicacionismo del `momento transicional´ y/o de sus propagandas, que es pensado/organizado/desarrollado, y sin ocultamiento alguno, desde el interior de la propia `gobernanza de la centralidad´, como sistema gobernante preexistente, y con todos los intervinientes aparatos de aquel Estado de Derecho ( no democrático) que si que estaban en pleno, completo y total funcionamiento.
Aquello que fue previo del antes del año 1977, o sea el de donde se venía en la gobernanza de la centralidad, que va desde un originario régimen/sistema/dictadura, y que se puede encuadrar, desde nuestra perspectiva interviniente acción lectora ciudadana, entre el 1-4-1939 y el 19-11-1975, distinguiéndolo en lo factible/posible/lograble , y en lo que se pueda hacer en lo alcanzable, del otro periodo de 17-7-1936 a 1-4-1939 (en lo que fue la expresión de una guerra civil fratricida), que parece haber concluido entre el 19-11-1975 y el 23-11-1975, y que trata de caminar y/o moverse, hasta brujulear, buscando asideros colaborativos de ostensible involucración social, donde el común de los ciudadanos, y ante propios y extraños, directamente aparezcan y/o exteriorizadamente opinen, incluso hasta intervengan hacia unos posicionamientos más participados y/o galerísticos en aras de los plenamente democráticos.
La campaña electoral de las elecciones generales de 1977 (para las cuales S.M El Rey nombró directa y unívocamente a 41 senadores), transcurrió los 21 días de su fijación desde el 24-5-1977 hasta el 13-6-1977, situándose el 14-6-1977 la jornada de reflexión y la de votación el propio 15-6-1977. Participando en tales `elecciones abiertas´ cerca de 150 partidos políticos, federaciones y coaliciones, las cuales se tradujeron en cerca de 80 candidaturas articuladas a lo largo de las distintas circunscripciones provinciales. Se trataba de las primeras elecciones que asemejaban el sistema electoral democrático, previo al 17-7-1936, que antes había estado imperante en España.
En las elecciones generales de 1977, la circunscripción electoral fue, ¡ y otra vez más!, la provincia (lo computacional de las 50 provincias), con cual se enlazaba con el DR de 30-11-1833 e igualmente con el DR de 21-9-1927 (y por ende con las 15 regionalidades españolas que arracimaban a las 50 provincias españolas), también, se enlazaba, en lo que nos parece objetivamente apreciar, con aquellas otras disposiciones que mayestetizaron las consideraciones: [1ª] Legales y [2ª] Jurídicas, de las “regionalidades & provincias” españolas en los tramos estimados de: [1º] (del 30-11-1833 al 17-5-1902), [2º] (del 17-5-1902 al 14-4-1931), [3º] (del 14-4-1931 al 17-7-1936), [4º] (del 17-7-1936 al 19-11-1975) y [5º] (del 19-11-1975 al 15-6-1977). Los resultados de tales elecciones los tenemos especificados, una a una, por todas y cada una de las 15 regionalidades españolas que estaban vigentes en tal y tan concreto momento electoral.
Siendo interesante y de oportunidad, a la vez que puede que importante y hasta trascendente al caso temático que ahora suscitamos, sobre las elecciones generales de 1977, el cotejar, en lo que instrumental y operativamente se pueda alcanzar ( que en estos momentos, y por la digitalización, es bastante más alto para los expertos en medios telemáticos), los programas electorales de las diversas fuerzas políticas en liza, para categorizarlos en orden a la expresión de las expectativas que cifraban en uso/utilización/manejo de su ejercicio parlamentario en plenitud, donde también cuenta lo que, desde la propia positivación legislativa previa se tenía de otros anteriores momentos plenamente democráticos y como herencia secular, ¡y a la vez mandato!, se tenía universalizado de los comportamientos inherentes.
Tras los resultados proclamados de las elecciones generales del 15-6-1977, que se efectuaron en el BOE nº 165 de 12-7-1977, los parlamentarios electos, que estaban asignados a la Nación y su interés, representaban a:
[1ª] Su respectiva circunscripción electoral (ya que además de ser la provincia una herramienta técnica para la distribución de los escaños, presuponía una ligazón directa, enteramente democrática, con el electorado ejerciente, situación que se resaltaba por doquier). Los parlamentarios de cada circunscripción electoral en 1977 son concretos de principio a fin de la legislatura.
[2ª] Su respectiva regionalidad española a la que pertenece su circunscripción electoral [-.- y, por ende, no en un vacío a-regional, y si en un concreto antropológico territorializado que era portador de derechos previos (varios ya constitucionalizados), los cuales podrían ser esgrimidos, tanto ante el propio Estado y como acción directa de este mismo, como activos y presentes, a la vez que oficialmente reconocidos y postulados -.-].Los parlamentarios de cada regionalidad española en 1977, son concretos de principio a fin de la legislatura.
[3ª] Toda la Nación Española (asumiendo la conceptualización sobre la misma en su camino a la asunción integrante de todas y cada una de las 15 regionalidades españolas a la data del 30-10-1978).
En lo que hemos colegido, en nuestra acción lectora ciudadana, nadie propuso para la campaña electoral de las elecciones de 1977, acciones tales que implicaran: {1ª} La derogación total o parcial de los RD de 30-11-183 y del RD de 21-9-1927. {2ª} La eliminación total o parcial de las 15 regionalidades españolas. {3ª} La supresión total o parcial de las identidades de las 15 regionales españolas. {4ª} La despatrimonialización total o parcial de las 15 regionalidades españolas. {5ª} La eliminación de total o parcial de las Entidades de las 15 regionalidades españolas. {6ª} La desvinculación de los derechos adquiridos por cada una de las 15 regionalidades españolas durante los periodos: [1º] de 30-11-1833 a 14-4-1931 y [2º] de 14-4-1931 a 17-7-1936. {7ª} El que las 15 regionalidades no tuvieran: [1º] Conformación legal y [2º] Personalidad jurídica.
No es sólo la expresión “España” la que juega en el acto político y democrático de las elecciones generales del 15-6-1977, es también la conceptualización de “Nación Española”, de aquí que sea relevante, a la vez que extraordinariamente importante, el respeto a lo previo adquirido, por y para todas las 15 regionalidades españolas, que tiene que ver con su ser y con su estar (¡de cada una de ellas y en todas las 15!) y hasta su mantenimiento en toda la etapa constituyente hasta el 30-10-1978 por las Cortes Españolas.
La Nación Española, ¡la nuestra!, no se improviso tras el 15-6-1977, eso ya venía de un antes con raíces milenarias.
VALORIO 3-7-2026
Francisco Iglesias Carreño
Del Instituto de Estudios Zamoranos Florián D´Ocampo
Parece que, cuasi de forma impulsada y hasta vectoriazada, tratar de encuadrar, y hacerlo ahora, tras el tiempo transcurrido de 49 años, las `elecciones generales´ del año 1977 (en lo que fueron parte electa abierta de las mismas), con lo que se ha escrito por muchos investigadores/eruditos/especialistas sobre tal materia, instándose aquí desde una acción lectora meramente ciudadana y sin otra pretensión en situación que remarcamos, así en apariencia lo asoma, traen toda la impronta compleja de la autoasunción que unos/otros/demás hacemos del ubicacionismo del `momento transicional´ y/o de sus propagandas, que es pensado/organizado/desarrollado, y sin ocultamiento alguno, desde el interior de la propia `gobernanza de la centralidad´, como sistema gobernante preexistente, y con todos los intervinientes aparatos de aquel Estado de Derecho ( no democrático) que si que estaban en pleno, completo y total funcionamiento.
Aquello que fue previo del antes del año 1977, o sea el de donde se venía en la gobernanza de la centralidad, que va desde un originario régimen/sistema/dictadura, y que se puede encuadrar, desde nuestra perspectiva interviniente acción lectora ciudadana, entre el 1-4-1939 y el 19-11-1975, distinguiéndolo en lo factible/posible/lograble , y en lo que se pueda hacer en lo alcanzable, del otro periodo de 17-7-1936 a 1-4-1939 (en lo que fue la expresión de una guerra civil fratricida), que parece haber concluido entre el 19-11-1975 y el 23-11-1975, y que trata de caminar y/o moverse, hasta brujulear, buscando asideros colaborativos de ostensible involucración social, donde el común de los ciudadanos, y ante propios y extraños, directamente aparezcan y/o exteriorizadamente opinen, incluso hasta intervengan hacia unos posicionamientos más participados y/o galerísticos en aras de los plenamente democráticos.
La campaña electoral de las elecciones generales de 1977 (para las cuales S.M El Rey nombró directa y unívocamente a 41 senadores), transcurrió los 21 días de su fijación desde el 24-5-1977 hasta el 13-6-1977, situándose el 14-6-1977 la jornada de reflexión y la de votación el propio 15-6-1977. Participando en tales `elecciones abiertas´ cerca de 150 partidos políticos, federaciones y coaliciones, las cuales se tradujeron en cerca de 80 candidaturas articuladas a lo largo de las distintas circunscripciones provinciales. Se trataba de las primeras elecciones que asemejaban el sistema electoral democrático, previo al 17-7-1936, que antes había estado imperante en España.
En las elecciones generales de 1977, la circunscripción electoral fue, ¡ y otra vez más!, la provincia (lo computacional de las 50 provincias), con cual se enlazaba con el DR de 30-11-1833 e igualmente con el DR de 21-9-1927 (y por ende con las 15 regionalidades españolas que arracimaban a las 50 provincias españolas), también, se enlazaba, en lo que nos parece objetivamente apreciar, con aquellas otras disposiciones que mayestetizaron las consideraciones: [1ª] Legales y [2ª] Jurídicas, de las “regionalidades & provincias” españolas en los tramos estimados de: [1º] (del 30-11-1833 al 17-5-1902), [2º] (del 17-5-1902 al 14-4-1931), [3º] (del 14-4-1931 al 17-7-1936), [4º] (del 17-7-1936 al 19-11-1975) y [5º] (del 19-11-1975 al 15-6-1977). Los resultados de tales elecciones los tenemos especificados, una a una, por todas y cada una de las 15 regionalidades españolas que estaban vigentes en tal y tan concreto momento electoral.
Siendo interesante y de oportunidad, a la vez que puede que importante y hasta trascendente al caso temático que ahora suscitamos, sobre las elecciones generales de 1977, el cotejar, en lo que instrumental y operativamente se pueda alcanzar ( que en estos momentos, y por la digitalización, es bastante más alto para los expertos en medios telemáticos), los programas electorales de las diversas fuerzas políticas en liza, para categorizarlos en orden a la expresión de las expectativas que cifraban en uso/utilización/manejo de su ejercicio parlamentario en plenitud, donde también cuenta lo que, desde la propia positivación legislativa previa se tenía de otros anteriores momentos plenamente democráticos y como herencia secular, ¡y a la vez mandato!, se tenía universalizado de los comportamientos inherentes.
Tras los resultados proclamados de las elecciones generales del 15-6-1977, que se efectuaron en el BOE nº 165 de 12-7-1977, los parlamentarios electos, que estaban asignados a la Nación y su interés, representaban a:
[1ª] Su respectiva circunscripción electoral (ya que además de ser la provincia una herramienta técnica para la distribución de los escaños, presuponía una ligazón directa, enteramente democrática, con el electorado ejerciente, situación que se resaltaba por doquier). Los parlamentarios de cada circunscripción electoral en 1977 son concretos de principio a fin de la legislatura.
[2ª] Su respectiva regionalidad española a la que pertenece su circunscripción electoral [-.- y, por ende, no en un vacío a-regional, y si en un concreto antropológico territorializado que era portador de derechos previos (varios ya constitucionalizados), los cuales podrían ser esgrimidos, tanto ante el propio Estado y como acción directa de este mismo, como activos y presentes, a la vez que oficialmente reconocidos y postulados -.-].Los parlamentarios de cada regionalidad española en 1977, son concretos de principio a fin de la legislatura.
[3ª] Toda la Nación Española (asumiendo la conceptualización sobre la misma en su camino a la asunción integrante de todas y cada una de las 15 regionalidades españolas a la data del 30-10-1978).
En lo que hemos colegido, en nuestra acción lectora ciudadana, nadie propuso para la campaña electoral de las elecciones de 1977, acciones tales que implicaran: {1ª} La derogación total o parcial de los RD de 30-11-183 y del RD de 21-9-1927. {2ª} La eliminación total o parcial de las 15 regionalidades españolas. {3ª} La supresión total o parcial de las identidades de las 15 regionales españolas. {4ª} La despatrimonialización total o parcial de las 15 regionalidades españolas. {5ª} La eliminación de total o parcial de las Entidades de las 15 regionalidades españolas. {6ª} La desvinculación de los derechos adquiridos por cada una de las 15 regionalidades españolas durante los periodos: [1º] de 30-11-1833 a 14-4-1931 y [2º] de 14-4-1931 a 17-7-1936. {7ª} El que las 15 regionalidades no tuvieran: [1º] Conformación legal y [2º] Personalidad jurídica.
No es sólo la expresión “España” la que juega en el acto político y democrático de las elecciones generales del 15-6-1977, es también la conceptualización de “Nación Española”, de aquí que sea relevante, a la vez que extraordinariamente importante, el respeto a lo previo adquirido, por y para todas las 15 regionalidades españolas, que tiene que ver con su ser y con su estar (¡de cada una de ellas y en todas las 15!) y hasta su mantenimiento en toda la etapa constituyente hasta el 30-10-1978 por las Cortes Españolas.
La Nación Española, ¡la nuestra!, no se improviso tras el 15-6-1977, eso ya venía de un antes con raíces milenarias.
VALORIO 3-7-2026
















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