LEY ANTITABACO
El consejo de ministros aprueba la futura Ley Antitabaco, que prohibirá fumar en terrazas, playas y piscinas
El proyecto también equipara los vapeadores al tabaco tradicional, prohíbe fumar a los menores y establece una distancia de seguridad de 15 metros alrededor de centros sanitarios, educativos y culturales
Fumar en la terraza de un bar, en una playa o junto a la entrada de un hospital podría tener los días contados. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 21 de julio, el proyecto de la nueva ley antitabaco, que amplía de manera considerable los espacios libres de humo e incluye también los cigarrillos electrónicos y otros dispositivos similares.
La medida todavía no ha entrado en vigor. El texto será remitido a las Cortes Generales, donde deberá superar la correspondiente tramitación parlamentaria y podrá sufrir modificaciones antes de su aprobación definitiva. La reforma actualizará la Ley 28/2005 y supondrá el cambio más importante de la regulación estatal sobre el tabaco en más de una década.
Adiós al tabaco en las terrazas
Una de las principales novedades será la prohibición de fumar en las terrazas de bares, restaurantes y otros establecimientos de restauración, con independencia de que se encuentren total o parcialmente al aire libre.
La prohibición se extenderá también a las playas marítimas y fluviales, las piscinas de uso colectivo, las instalaciones deportivas, los parques nacionales y los recintos en los que se celebren espectáculos públicos, como conciertos, representaciones teatrales, proyecciones de cine y otros eventos al aire libre.
Tampoco estará permitido fumar en los vehículos de trabajo, salvo cuando estén siendo utilizados de forma exclusivamente personal.
El proyecto establece, además, un espacio de protección alrededor de determinados lugares especialmente sensibles. No se podrá fumar a menos de 15 metros de los accesos a edificios públicos, hospitales, centros de salud, colegios, institutos, universidades, bibliotecas, museos, centros culturales y deportivos, centros sociales, instalaciones de investigación y parques infantiles.
Los vapeadores tendrán las mismas restricciones
La reforma equiparará los cigarrillos electrónicos al tabaco convencional en todos los lugares donde esté prohibido fumar. La limitación afectará tanto a los dispositivos con nicotina como a los que no la contienen.
Las mismas restricciones alcanzarán a los productos de hierbas para fumar, las shishas y otros artículos que imiten el acto de fumar o estén relacionados con su consumo social. Las bolsas de nicotina quedarán fuera de esta equiparación en los espacios sin humo, aunque su consumo también estará prohibido entre los menores.
Sanidad justifica esta ampliación por el rápido crecimiento del uso de vapeadores entre los adolescentes. Según la encuesta ESTUDES 2025, el 49,5 % de los jóvenes de entre 14 y 18 años los ha probado alguna vez y el 27,1 % los ha utilizado durante el último mes. En 2019, este último porcentaje se situaba en el 14,9 %.
Prohibido fumar a los menores de 18 años
La futura norma recogerá por primera vez la prohibición expresa de que los menores de edad consuman productos del tabaco. La legislación vigente impide su venta y suministro, pero no prohíbe específicamente que los menores fumen.
Aunque el consumo diario de tabaco entre los estudiantes de 14 a 18 años se encuentra en su nivel más bajo desde que comenzó la serie histórica, todavía un 15,5 % reconoce haber fumado durante el último mes y un 4,3 % lo hace diariamente.
Más límites a la venta y la publicidad
La venta y el suministro de cigarrillos electrónicos, bolsas de nicotina, productos de hierbas y otros artículos relacionados con el tabaco quedarán limitados a establecimientos especializados, que deberán cumplir los requisitos que determine el Ministerio de Sanidad.
La ley reforzará también las restricciones publicitarias. Las tiendas no podrán colocar en sus escaparates anuncios o carteles que puedan verse desde la calle y se prohibirá la promoción directa o indirecta de estos productos en internet, máquinas expendedoras y cualquier otro soporte.
Las limitaciones alcanzarán igualmente a los medios de comunicación y a los contenidos audiovisuales. Presentadores, colaboradores o invitados no podrán aparecer fumando, vapeando o mostrando marcas, logotipos y otros elementos identificativos relacionados con el tabaco.
¿Cuándo comenzará a aplicarse?
La prohibición no comenzará a aplicarse de manera inmediata. El proyecto debe pasar ahora por el Congreso y el Senado antes de convertirse definitivamente en ley.
Una vez completada la tramitación y publicada la norma en el Boletín Oficial del Estado, entraría en vigor a los 20 días. Los establecimientos y organismos responsables de los espacios afectados dispondrían de un plazo de dos meses para adaptar su señalización.
La reforma forma parte del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y recuperará también el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, eliminado en 2014. Este organismo se encargará de analizar la evolución del consumo, elaborar informes y proponer nuevas medidas para reducir el tabaquismo.
Fotografía: Rueda de prensa, tras el consejo de ministros (Ministerio de Sanidad).
Fumar en la terraza de un bar, en una playa o junto a la entrada de un hospital podría tener los días contados. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 21 de julio, el proyecto de la nueva ley antitabaco, que amplía de manera considerable los espacios libres de humo e incluye también los cigarrillos electrónicos y otros dispositivos similares.
La medida todavía no ha entrado en vigor. El texto será remitido a las Cortes Generales, donde deberá superar la correspondiente tramitación parlamentaria y podrá sufrir modificaciones antes de su aprobación definitiva. La reforma actualizará la Ley 28/2005 y supondrá el cambio más importante de la regulación estatal sobre el tabaco en más de una década.
Adiós al tabaco en las terrazas
Una de las principales novedades será la prohibición de fumar en las terrazas de bares, restaurantes y otros establecimientos de restauración, con independencia de que se encuentren total o parcialmente al aire libre.
La prohibición se extenderá también a las playas marítimas y fluviales, las piscinas de uso colectivo, las instalaciones deportivas, los parques nacionales y los recintos en los que se celebren espectáculos públicos, como conciertos, representaciones teatrales, proyecciones de cine y otros eventos al aire libre.
Tampoco estará permitido fumar en los vehículos de trabajo, salvo cuando estén siendo utilizados de forma exclusivamente personal.
El proyecto establece, además, un espacio de protección alrededor de determinados lugares especialmente sensibles. No se podrá fumar a menos de 15 metros de los accesos a edificios públicos, hospitales, centros de salud, colegios, institutos, universidades, bibliotecas, museos, centros culturales y deportivos, centros sociales, instalaciones de investigación y parques infantiles.
Los vapeadores tendrán las mismas restricciones
La reforma equiparará los cigarrillos electrónicos al tabaco convencional en todos los lugares donde esté prohibido fumar. La limitación afectará tanto a los dispositivos con nicotina como a los que no la contienen.
Las mismas restricciones alcanzarán a los productos de hierbas para fumar, las shishas y otros artículos que imiten el acto de fumar o estén relacionados con su consumo social. Las bolsas de nicotina quedarán fuera de esta equiparación en los espacios sin humo, aunque su consumo también estará prohibido entre los menores.
Sanidad justifica esta ampliación por el rápido crecimiento del uso de vapeadores entre los adolescentes. Según la encuesta ESTUDES 2025, el 49,5 % de los jóvenes de entre 14 y 18 años los ha probado alguna vez y el 27,1 % los ha utilizado durante el último mes. En 2019, este último porcentaje se situaba en el 14,9 %.
Prohibido fumar a los menores de 18 años
La futura norma recogerá por primera vez la prohibición expresa de que los menores de edad consuman productos del tabaco. La legislación vigente impide su venta y suministro, pero no prohíbe específicamente que los menores fumen.
Aunque el consumo diario de tabaco entre los estudiantes de 14 a 18 años se encuentra en su nivel más bajo desde que comenzó la serie histórica, todavía un 15,5 % reconoce haber fumado durante el último mes y un 4,3 % lo hace diariamente.
Más límites a la venta y la publicidad
La venta y el suministro de cigarrillos electrónicos, bolsas de nicotina, productos de hierbas y otros artículos relacionados con el tabaco quedarán limitados a establecimientos especializados, que deberán cumplir los requisitos que determine el Ministerio de Sanidad.
La ley reforzará también las restricciones publicitarias. Las tiendas no podrán colocar en sus escaparates anuncios o carteles que puedan verse desde la calle y se prohibirá la promoción directa o indirecta de estos productos en internet, máquinas expendedoras y cualquier otro soporte.
Las limitaciones alcanzarán igualmente a los medios de comunicación y a los contenidos audiovisuales. Presentadores, colaboradores o invitados no podrán aparecer fumando, vapeando o mostrando marcas, logotipos y otros elementos identificativos relacionados con el tabaco.
¿Cuándo comenzará a aplicarse?
La prohibición no comenzará a aplicarse de manera inmediata. El proyecto debe pasar ahora por el Congreso y el Senado antes de convertirse definitivamente en ley.
Una vez completada la tramitación y publicada la norma en el Boletín Oficial del Estado, entraría en vigor a los 20 días. Los establecimientos y organismos responsables de los espacios afectados dispondrían de un plazo de dos meses para adaptar su señalización.
La reforma forma parte del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y recuperará también el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, eliminado en 2014. Este organismo se encargará de analizar la evolución del consumo, elaborar informes y proponer nuevas medidas para reducir el tabaquismo.
Fotografía: Rueda de prensa, tras el consejo de ministros (Ministerio de Sanidad).















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