LDHH
El Tratado de Wad-Ras,
Francisco José Alonso Rodríguez
El Tratado de Wad-Ras, se firmó el 26 de abril de 1860 entre la Monarquía Española y el Sultanato de Marruecos, representa un hito fundamental en la historia diplomática y territorial del norte de África. Este acuerdo puso fin a la Guerra de África (1859-1860), un conflicto bélico motivado por los constantes ataques e incursiones de las cabilas rifeñas contra el perímetro defensivo de Ceuta. Aunque en el imaginario popular el conflicto suele asociarse a episodios de exaltación patriótica y a figuras como el general Leopoldo O’Donnell y Juan Prim, el tratado consolidó un marco jurídico-político determinante para la delimitación fronteriza y la soberanía española en la región.
Un punto crucial que exige claridad histórica es la verdadera relación entre el Tratado de Wad-Ras y la soberanía de Ceuta y Melilla. A menudo se incurre en el error conceptual de afirmar que Ceuta y Melilla «pasaron a ser españolas» a raíz de este acuerdo de 1860. La realidad histórica y jurídica es sensiblemente distinta: la españolidad de ambas ciudades era un hecho inmemorial e ininterrumpido desde hacía siglos, y lo que hizo el Tratado de Wad-Ras no fue otorgar un título de propiedad sobre ellas, sino reconocer, ratificar y ampliar sus perímetros defensivos y sus fronteras terrestres.
Ceuta formaba parte de la Corona de Portugal desde 1415 y quedó integrada en la Monarquía Hispánica en 1580; tras la independencia portuguesa en 1640, la ciudad decidió libremente mantener su fidelidad al rey de España, lo que quedó formalizado en el Tratado de Lisboa de 1668. Por su parte, Melilla se incorporó a la Corona de Castilla en 1497 por iniciativa del Duque de Medina Sidonia y ratificación de los Reyes Católicos, habiendo sido española de forma ininterrumpida desde finales del siglo XV. Por lo tanto, cuando se firmó la paz en 1860, ni el Reino de España ni el Sultanato de Marruecos negociaron la soberanía originaria de estas plazas, la cual no estaba en discusión.
Lo que sí articuló el Tratado de Wad-Ras en su Artículo 2º fue la ampliación de los límites jurisdiccionales de Ceuta. Hasta esa fecha, el perímetro de la ciudad se encontraba encajonado y expuesto a constantes hostigamientos desde las alturas del Serrallo. El tratado estipuló la cesión a España de todo el territorio que abarcaba desde el mar hasta las cumbres de Sierra Bullones, fijando la línea fronteriza en el alcance de los tiros del cañón de la plaza. Para determinar esta nueva delimitación con precisión, se acordó el célebre disparo del cañón El Caminante, cuya trayectoria ayudó a fijar el terreno de seguridad y la neutralización de los accesos que garantizarían la defensa efectiva de la ciudad.
En relación con Melilla y los demás presidios españoles (como el Peñón de Vélez de la Gomera y las Islas Alhucemas), el Tratado de Wad-Ras reforzó lo pactado en convenios anteriores —como el Tratado de Convenio de Límites de 1859—, comprometiéndose el Sultán Mohamed IV a adoptar medidas rigurosas contra las tribus fronterizas rebeldes para garantizar la paz y el respeto a los confines establecidos.
Asimismo, el Tratado de Wad-Ras incluyó otros acuerdos territoriales y económicos significativos, como la cesión en perpetuidad del territorio de Santa Cruz de la Mar Pequeña (que más tarde se plasmaría en la presencia en Ifni) para el establecimiento de una pesquería, y el pago de una indemnización de guerra de 200 millones de reales.
En conclusión, el Tratado de Wad-Ras de 1860 no fundó ni inventó la españolidad de Ceuta y Melilla, cuya vinculación e integración en España era ya indiscutible siglos antes de la existencia del Estado marroquí moderno. Su trascendencia estriba en que constituyó un instrumento de Derecho Internacional que fijó de manera formal y definitiva las fronteras terrestres, garantizó la seguridad defensiva de las plazas y reafirmó internacionalmente el estatus de ambas ciudades como partes integrantes e inalienables del territorio español.
“Conocer y respetar la Historia es entender más las situaciones vividas y comprender mejor las realidades actuales”.
Francisco José Alonso Rodríguez. - Politólogo. - Sociólogo. - Presidente de la Liga Española Pro Derechos Humanos. - Centro de Estudios Ateneos. - Centro de Estudios Manuel Azaña. - Premio a las Libertades “Rafael del Riego”. - Medalla Internacional DD.HH.
El Tratado de Wad-Ras, se firmó el 26 de abril de 1860 entre la Monarquía Española y el Sultanato de Marruecos, representa un hito fundamental en la historia diplomática y territorial del norte de África. Este acuerdo puso fin a la Guerra de África (1859-1860), un conflicto bélico motivado por los constantes ataques e incursiones de las cabilas rifeñas contra el perímetro defensivo de Ceuta. Aunque en el imaginario popular el conflicto suele asociarse a episodios de exaltación patriótica y a figuras como el general Leopoldo O’Donnell y Juan Prim, el tratado consolidó un marco jurídico-político determinante para la delimitación fronteriza y la soberanía española en la región.
Un punto crucial que exige claridad histórica es la verdadera relación entre el Tratado de Wad-Ras y la soberanía de Ceuta y Melilla. A menudo se incurre en el error conceptual de afirmar que Ceuta y Melilla «pasaron a ser españolas» a raíz de este acuerdo de 1860. La realidad histórica y jurídica es sensiblemente distinta: la españolidad de ambas ciudades era un hecho inmemorial e ininterrumpido desde hacía siglos, y lo que hizo el Tratado de Wad-Ras no fue otorgar un título de propiedad sobre ellas, sino reconocer, ratificar y ampliar sus perímetros defensivos y sus fronteras terrestres.
Ceuta formaba parte de la Corona de Portugal desde 1415 y quedó integrada en la Monarquía Hispánica en 1580; tras la independencia portuguesa en 1640, la ciudad decidió libremente mantener su fidelidad al rey de España, lo que quedó formalizado en el Tratado de Lisboa de 1668. Por su parte, Melilla se incorporó a la Corona de Castilla en 1497 por iniciativa del Duque de Medina Sidonia y ratificación de los Reyes Católicos, habiendo sido española de forma ininterrumpida desde finales del siglo XV. Por lo tanto, cuando se firmó la paz en 1860, ni el Reino de España ni el Sultanato de Marruecos negociaron la soberanía originaria de estas plazas, la cual no estaba en discusión.
Lo que sí articuló el Tratado de Wad-Ras en su Artículo 2º fue la ampliación de los límites jurisdiccionales de Ceuta. Hasta esa fecha, el perímetro de la ciudad se encontraba encajonado y expuesto a constantes hostigamientos desde las alturas del Serrallo. El tratado estipuló la cesión a España de todo el territorio que abarcaba desde el mar hasta las cumbres de Sierra Bullones, fijando la línea fronteriza en el alcance de los tiros del cañón de la plaza. Para determinar esta nueva delimitación con precisión, se acordó el célebre disparo del cañón El Caminante, cuya trayectoria ayudó a fijar el terreno de seguridad y la neutralización de los accesos que garantizarían la defensa efectiva de la ciudad.
En relación con Melilla y los demás presidios españoles (como el Peñón de Vélez de la Gomera y las Islas Alhucemas), el Tratado de Wad-Ras reforzó lo pactado en convenios anteriores —como el Tratado de Convenio de Límites de 1859—, comprometiéndose el Sultán Mohamed IV a adoptar medidas rigurosas contra las tribus fronterizas rebeldes para garantizar la paz y el respeto a los confines establecidos.
Asimismo, el Tratado de Wad-Ras incluyó otros acuerdos territoriales y económicos significativos, como la cesión en perpetuidad del territorio de Santa Cruz de la Mar Pequeña (que más tarde se plasmaría en la presencia en Ifni) para el establecimiento de una pesquería, y el pago de una indemnización de guerra de 200 millones de reales.
En conclusión, el Tratado de Wad-Ras de 1860 no fundó ni inventó la españolidad de Ceuta y Melilla, cuya vinculación e integración en España era ya indiscutible siglos antes de la existencia del Estado marroquí moderno. Su trascendencia estriba en que constituyó un instrumento de Derecho Internacional que fijó de manera formal y definitiva las fronteras terrestres, garantizó la seguridad defensiva de las plazas y reafirmó internacionalmente el estatus de ambas ciudades como partes integrantes e inalienables del territorio español.
“Conocer y respetar la Historia es entender más las situaciones vividas y comprender mejor las realidades actuales”.
Francisco José Alonso Rodríguez. - Politólogo. - Sociólogo. - Presidente de la Liga Española Pro Derechos Humanos. - Centro de Estudios Ateneos. - Centro de Estudios Manuel Azaña. - Premio a las Libertades “Rafael del Riego”. - Medalla Internacional DD.HH.















Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.116