Lunes, 14 de Septiembre de 2026

José Antonio Ávila López
Lunes, 14 de Septiembre de 2026
NOTAS DEL PENSAMIENTO

Sentencia vacía

José Antonio Ávila López

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó el 16 de julio dos sentencias que resuelven cuestiones prejudiciales planteadas en relación a la aplicación de la «Ley Orgánica de Amnistía, para la normalización institucional, política y social de Cataluña» en procedimientos ligados a los separatistas catalanes por el Golpe de Estado frustrado de octubre de 2017. Una la planteó el Tribunal de Cuentas por las dudas de aplicación de la citada ley a la responsabilidad contable por los gastos de dinero público realizados en el "procés" y la segunda, la suscitó la Audiencia Nacional por dudas de interpretación de la «Directiva contra el terrorismo» ante los violentos acontecimientos ocurridos. En ninguna de las dos sentencias el TJUE "coge el toro por los cuernos" y no estudia la cuestión principal para la legalidad europea, que es la utilización de una Ley de Amnistía por un país europeo para perdonar los delitos cometidos contra la democracia, cuando ese país goza de pluralismo político, libertad de expresión y es un Estado de Derecho. Los partidos políticos separatistas en España pueden defender libremente sus ideas, incluida la de la independencia, siempre que actúen sin violencia y dentro de la ley. Sin embargo, los partidos políticos Esquerra Republicana de Cataluña y la entonces Convergència i Unió (hoy Junts) con Puigdemont como Jefe Supremo, actuaron voluntariamente contra la Constitución española, contra el ordenamiento jurídico español y contra la prohibición expresa reiterada del Tribunal Constitucional al elaborar leyes territoriales llamadas de desconexión y culminando en el falsario referéndum ilegal del 1 de Octubre de 2017. Sin embargo, centrándonos en la sentencia europea dictada vemos que el TJUE se ha limitado al asunto del terrorismo diciendo que la «Directiva» es aplicable a los casos concretos de "violación de los derechos humanos". Los ciudadanos españoles estamos extrañados porque la sentencia es ajena a los "valores europeos", y se desentiende del debate jurídico de la posibilidad de la amnistía como vía para perdonar delitos contra la democracia en un Estado democrático y miembro de la UE. La sentencia del TJUE está "vacía".

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